Me atrevo, sin ser abogado, a hacerles una consulta sobre una sucesión a quienes quieran contestarla. Mi padre, hijo unico, falleció en 1988. Mi abuelo paterno 2 años después, en 1990. La sucesión de este ultimo fue iniciada, y luego de un largo proceso, el 10/12/07 llegamos a lo siguiente: "DECLARASE en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de (MI ABUELO)le suceden en calidad de universales herederos sus nietos (mis 3 hermanos y yo), por derecho de representación de su padre premuerto **************, y la cónyuge supérstite del causante, (mi abuela), ésta en cuanto a los bienes propios se refiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda sobre los gananciales.- Notifíquese.- Resérvese copia (Ac. 2514 SCBA).- Y cése la intervención del organismo Fiscal.- PROVEO POR DISPOSICION DE LA EXCMA.CAMARA DE APELACIONES " En tanto mi abuela, quien vivía en el departamento que constituye el unico bien y era cuidada por una persona ajena a la familia, dados sus problemas de salud, se encontraba tramitando una cesión de derechos por su parte correpondiente a nuestro favor. Fallece este año. Luego de esto, esta persona aduce que le corresponde el 50% del departamento dado que dice tener una cesión de derechos hecha por mi abuela. Consultando , figura en un juzgado diferente´, una nueva sucesión de mi abuelo iniciada el día 5/11/2008. Las dudas son: ¿como puede iniciarse una nueva sucesión si previamente ya fuimos declarados herederos los nietos? ¿Qué derechos puede atribuirse esta persona sobre los bienes? Es posible que mi abuela haya firmado algo sin encontrarse con plena lucidez. Espero haber sido claro y no aburrirlos. Gracias