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  • Trampita para tomarme los 7 años de DDJJ

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #308895  por Viracocha
 
Cliente nunca tuvo aportes en relación de dependencia.

Se inscribió en Monotributo en el 2003 y esta inscripto hasta la actualidad. Hizo muy pocos pagos (salteadito salteadito)

Les ruego me digan si puedo “matar” el periodo que va desde su inscripción (2003) hasta la actualidad, con el Art. 1, y luego utilizar 7 años de DDJJ

Muchas Gracias
 #308904  por hugo2
 
Mira en las Udais de la zona sur que a mi me tocan el tema es muy claro podes prescribir todo, pero te toman como fecha de cese el ultimo pago.
 #308926  por ISIS
 
Depende el criterio de la Udai, antes de enviarlo anda a preguntar ya que en muchas, tal como dice hugo tomal al ultimo pago aunque le hayas aplicado la 25321...pero algunas he sentido que aceptan el cese anterior en esos casos...asi que lo mejor es preguntar...
 #308941  por empedocles
 
Lo que dice hugo se ajusta estrictamente a la Res. 051, es lo correcto.- Pero teniendo en cuenta la diferenciación entre el aporte a la seg. social y el MT, sería perfectamente tb aplicable la ley 25321 ignorando los pagos a todos los fines.-
 #309005  por franco25
 
empedocles escribió:Lo que dice hugo se ajusta estrictamente a la Res. 051, es lo correcto.- Pero teniendo en cuenta la diferenciación entre el aporte a la seg. social y el MT, sería perfectamente tb aplicable la ley 25321 ignorando los pagos a todos los fines.-
yo tuve una sra. que nunca hizo aportes excepto que en Enero de 2008 se anotó como monotributista, entonces renuncié a los meses aportados, le dí la baja y tomé el beneficio de DDJJ, y salió bien cobra en Marzo, suerte y saludos
 #309259  por ISIS
 
franco25 escribió:
empedocles escribió:Lo que dice hugo se ajusta estrictamente a la Res. 051, es lo correcto.- Pero teniendo en cuenta la diferenciación entre el aporte a la seg. social y el MT, sería perfectamente tb aplicable la ley 25321 ignorando los pagos a todos los fines.-
yo tuve una sra. que nunca hizo aportes excepto que en Enero de 2008 se anotó como monotributista, entonces renuncié a los meses aportados, le dí la baja y tomé el beneficio de DDJJ, y salió bien cobra en Marzo, suerte y saludos
Franco: la enviaste por web? si es asi, por web si se puede...es con turno donde surge el problema de si se puede aplicar cese ficto a periodos pagos.
Y en realidad la pregunta inicial de viracocha se refiere a un autonomo puro (no lo habia advertido), estimo que si la envia por web puede renunciar y tomar 7 años de ddjj (de hecho yo lo he hecho)
 #309422  por fabidoc
 
Si hizo pagos, tenes que tomar el ULTIMO para el cese ficto.Bastante que le condonan la deuda para ya abusar y querer tomarle 7 de DDJJ porque sí,jaja.
 #309737  por esteban_cata
 
Es una preguntita relacionada, no tiene relacion de dependencia,último pago de autónomo en 02/1984, baja definitiva según PUC 02/2007, compro en sicam hasta 09/1993 y aplico art 1 desde 09/1993 hasta 02/2007.
Podré tomar 7 años de DD JJ ya que el último pago es en elaño 1984 a pesar de que compre en sicam hasta 09/1993?
 #309975  por ISIS
 
esteban_cata escribió:Es una preguntita relacionada, no tiene relacion de dependencia,último pago de autónomo en 02/1984, baja definitiva según PUC 02/2007, compro en sicam hasta 09/1993 y aplico art 1 desde 09/1993 hasta 02/2007.
Podré tomar 7 años de DD JJ ya que el último pago es en elaño 1984 a pesar de que compre en sicam hasta 09/1993?
Si podes tomar 7 años, si no tiene ningun pago posterior al 9/93 y desde el 10/93 al 2/2007 aplicas la 25321.