Hola! tengo este tema: hace unos años la sra. solicitó jubilarse, pero encuadró mal, ya que invocò un regimen de privilegio que estaba derogado. Nunca le salio y en sistema figura como solicitud rechazada y estaba en San Martin. Para solicitarla ahora quise confirmar que el rechazo sea por el regimen pedido y que años tenìa acreditados para no presentar todo de vuelta. Tomo vista del expte y hay un memo en la ùltima foja que dice "Proyectar Resoluciòn denegatoria no aplicaciòn dto...." y oh sorpresa, la resoluciòn no está.
En la udai profesionales me sembraron una duda: "sin la resoluciòn en el expte no se si te van a tomar el inicio" No me parece lógico, ya que si la resolucion se dictó y no esta o si no se dictó, al emitir el acto tendrán que salvarlo.........o no.
A alguno le pasò? encima tengo turno cuando voy a estar de vacaciones y me va a hacer el favor de iniciar otro colega y no quiero que tenga conflictos. Gracias.
En la udai profesionales me sembraron una duda: "sin la resoluciòn en el expte no se si te van a tomar el inicio" No me parece lógico, ya que si la resolucion se dictó y no esta o si no se dictó, al emitir el acto tendrán que salvarlo.........o no.
A alguno le pasò? encima tengo turno cuando voy a estar de vacaciones y me va a hacer el favor de iniciar otro colega y no quiero que tenga conflictos. Gracias.
