Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • RTI

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional

RTI

 #306559  por jamila
 
EStimados foristas: luego de leer bastante del foro (para no molestarlos tanto), quisiera evacuar algunas dudas sobre un retiro por invalidez para ver si comprendí bien...

Datos:
Hombre
Fecha de nac.: 08/04/46
Trabajo en RRDD: 10 años 10 meses
* 01/07/72 - 28/02/1982= 9años 9meses
* 12/02/2001 - 03/04/2002= 1año 1mes
En "Padrón Histórico" sale la leyenda: "El número de documento solicitado no existe en el Padrón Histórico de Autónomos"
Incapacidad que podría llegar al 66%

Dudas:
1) ¿me conviene iniciar un Retiro por invalidez? o conviene hacerle una moratoria para que cuando llegue a los 65 años lo pueda jubilar?
2) es mucha la diferencia que cobraría en un caso o en el otro?
3) De optar por un RTI debería comprarle por SICAM los años que le faltan para ser aportante regular? (por lo que leí en el foro esto se puede hacer!!)

Gracias a quien pueda darme alguna respuesta.
Buen fin de semana!!
 #306813  por ISIS
 
Datos:
Hombre
Fecha de nac.: 08/04/46
Trabajo en RRDD: 10 años 10 meses
* 01/07/72 - 28/02/1982= 9años 9meses
* 12/02/2001 - 03/04/2002= 1año 1mes
En "Padrón Histórico" sale la leyenda: "El número de documento solicitado no existe en el Padrón Histórico de Autónomos"
Incapacidad que podría llegar al 66%

Dudas:
1) ¿me conviene iniciar un Retiro por invalidez? o conviene hacerle una moratoria para que cuando llegue a los 65 años lo pueda jubilar?
Depende, si tiene el 66% y no puede seguir trabajando se le puede hacer un RTI...si no tiene el 66% y puede seguir trabajando podes hacerle un plan de moratoria pero lo tendra que ir pagando de su bolsillo hasta que cumpla los 65
2) es mucha la diferencia que cobraría en un caso o en el otro?
Depende del monto de los aportes.
3) De optar por un RTI debería comprarle por SICAM los años que le faltan para ser aportante regular? (por lo que leí en el foro esto se puede hacer!!)
La regularidad no se puede comprar...podria aportar de ahora hacia adelante hasta que complete los meses necesarios para lograr alguno de los tipos de regularidad.
La unica forma de pago extemporaneo para lograr la regularidad es mediante SDM, pero es complicado,tenes que tener pruebas, lee la cir.57/08.
 #307163  por jamila
 
Gracias, Isi por responder!!!
Entonces, por lo que decís, si reúne el 66% no le puedo hacer una moratoria para que llegue a los 15 años??
Me surge la duda porque todo lo que leí habla de un mínimo de años dentro de los 3 anteriores a la presentación para que sea regular o irregular, y luego hace la aclaración de que también podrá ser REGULAR O IRREGULAR, si reúne los 30 años o los 15 años respectivamente.
Entonces yo interpreté que:
- debía tener algún aporte realizado
- reunir el 66% por lo menos
- podía comprar con la 24476 los años que le faltaran para llegar a los 30 o a los 15...

Pero según interpreto lo que vos me explicás, no es como yo entendí... sino que esos 15 o 30 años solo los puedo comprar "para adelante" por SDM... (y ni hablar de aplicar el beneficio del art. 3 de la 24476!!! no?)

Desde ya: Gracias! a vos o a cualquiera que se tome el trabajo de responderme.
 #307227  por MARIO1943
 
jamila escribió:Gracias, Isi por responder!!!
Entonces, por lo que decís, si reúne el 66% no le puedo hacer una moratoria para que llegue a los 15 años??
Me surge la duda porque todo lo que leí habla de un mínimo de años dentro de los 3 anteriores a la presentación para que sea regular o irregular, y luego hace la aclaración de que también podrá ser REGULAR O IRREGULAR, si reúne los 30 años o los 15 años respectivamente.
Entonces yo interpreté que:
- debía tener algún aporte realizado
- reunir el 66% por lo menos
- podía comprar con la 24476 los años que le faltaran para llegar a los 30 o a los 15...

Pero según interpreto lo que vos me explicás, no es como yo entendí... sino que esos 15 o 30 años solo los puedo comprar "para adelante" por SDM... (y ni hablar de aplicar el beneficio del art. 3 de la 24476!!! no?)

Desde ya: Gracias! a vos o a cualquiera que se tome el trabajo de responderme.
HOLA LO QUE TE EXPLICABA LA FORISTA ANTERIOR NO ES QUE VOS TENES QUE COMPRAR
SDM LOS 15 AÑOS O LOS 30 AÑOS, SEGUN TU INTERPRETACION, TE ESTA DANDO DOS ALTERNATIVA DE SDM
1) COMPRAR SDM COMO TRABAJ. INDEP. QUE ES MAS BARATO $ 20 $ 23
DURANTE 18 MESES DE AHORA EN MAS EN TIEMPO Y FORMA SEGUN CIRCULAR 57/08

2) QUE PODES COMPRAR EN FORMA EXTEMPORANEA LOS 18 MESES, DE ACUERDO

A LA CIRCULAR 57/08, PERO ES MAS DIFICIL, PORQUE TENES QUE JUSTIFICAR EMPLEADOR, LIBRETA DE TRABAJO COMP. O.SOCIAL , TESTIGOS

3) TU INTERPRETACION EN CAUNTO AL ART. 3 ES CORRECTA- NO EXISTE AÑOS DE DD.JJ.[
 #307272  por jamila
 
GRACIAS, MARIO!!!!! :P
 #307309  por Aimael
 
YO TB TENGO UNA DUDA, TENGO UN SR. Q TIENE 60 AÑOS DEBE TENER COMO 20 AÑOS DE APORTES ESTA TRABAJANDO AUN PERO SIEMPRE SE ENFERMA PORQ ES DONANTE DE RIÑON HACE MUCHOS AÑOS Y EL OTRO LE VIVE OCASIONANDO PROBLEMAS, SE PODRA HAER UN RTI O NO PROCEDE? O Q SE PUEDE HACER? MIL GRACIAS PERDON POR LA IGNORANCIA!
 #307313  por MARIO1943
 
Aimael escribió:YO TB TENGO UNA DUDA, TENGO UN SR. Q TIENE 60 AÑOS DEBE TENER COMO 20 AÑOS DE APORTES ESTA TRABAJANDO AUN PERO SIEMPRE SE ENFERMA PORQ ES DONANTE DE RIÑON HACE MUCHOS AÑOS Y EL OTRO LE VIVE OCASIONANDO PROBLEMAS, SE PODRA HAER UN RTI O NO PROCEDE? O Q SE PUEDE HACER? MIL GRACIAS PERDON POR LA IGNORANCIA!
HOLA SI ESTA TRABAJANDO ACTUALMENTE EN BLANCO REUNE LA REGULARIDAD? SI LA REUNE ,PEDI JUNTA MEDICA EN ANSES Y ADJUNTA LA HISTORIA CLINICA
 #307330  por Aimael
 
si si esta trabajando y reune la regularidad hace como 20 años q trabaja en lo mismo! entocnes se puede? ahora el me consultaba si RTI se cobra mucho menos q por la ordinaria? tenes idea si hay difrencias? mil gracias Mario!
 #307350  por MARIO1943
 
Aimael escribió:si si esta trabajando y reune la regularidad hace como 20 años q trabaja en lo mismo! entocnes se puede? ahora el me consultaba si RTI se cobra mucho menos q por la ordinaria? tenes idea si hay difrencias? mil gracias Mario!
HOLA VA A COBRAR LO MISMO O SEA LA MINIMA HOY $ 690 , LA UNICA DIFERENCIA
QUE HAY QUE EN LA ORDINARIA LA DIFERENCIA PARA LLEGAR AL MINIMO ES MENOR QUE LA DE INCAPACIDAD, Y EL PBU ES DISTINTO, PERO LAS DOS JUBILACIONES LLEGAN A $ 690
 #307449  por Aimael
 
ok mil gracias por tu respuesta Mario! saludos!