Tengo una duda. Una sra de 73 años jubilada por el IPS por edad avanzada en el 2001 aproximadamente, con 12 años 7 meses en provincia puede renunciar a esta jubilacion y solicitar la jubilacion por nacion haciendo uso de la 24476???
En el caso de que se pueda que fecha de cese se tiene en cuenta a fines de la DDJJ?
La sra es viuda , por lo que en el caso de que se pueda jubilar deberia pagar la deuda de contado.
En el caso de que se pueda que fecha de cese se tiene en cuenta a fines de la DDJJ?
La sra es viuda , por lo que en el caso de que se pueda jubilar deberia pagar la deuda de contado.
Cristina D.
