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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #303577  por lujan07
 
Tengo entendido que no. Los aporte realizados por empleadores no se pueden renunciar, sólo los pagos realizados como autónomos aplicando así el cese ficto. para hacer uso de los benef. por DD.JJ.
Aunque estaría bueno plantear la situación de desigualdad que se verifica entre una persona que realizó pagos en el año 2007 con uno que registra aportes en realcion de dependencia...
Luján
 #304678  por MARIO1943
 
LOS PERIODOS DE RR.DD. SI BIEN ES CIERTO NO LO PODES RENUNCIAR COMO LOS AUTONOMOS, PERO LO PODES IGNORAR, ESO SI SE RESPETA EL AÑO DE CESE

AHORA NO SE PARA QUE LO QUERES RENUNCIAR, (EN ESTE CASO IGNORAR) TE BENEFICIA EN ALGO? O VOS QUERES APUNTAR AL CESE FICTO, PORQUE POR MAS QUE LO IGNORES
NO CORRES LA FECHA DE CESE
 #305041  por fabidoc
 
No entiendo, para qué renunciar a los pagos de autónomos, si el último pago es el que va a determinar el cese ficto. Unicamente para cambiarle la categoría y bajarle la deuda.
 #305483  por MariaLujan
 
En realidad son aportes en servicio doméstico (dos meses en el 2005) que me molestan para el cese.
No influyen en el cese???
El servicio doméstico es considearado relación de dependencia, no?
Hay alguna circular, resolución o decreto que diga que los aportes en relación de dep no se pueden renunciar, ignorar o desconocer?
Gracias!
 #305943  por ISIS
 
rachelcba escribió:Hola maría: aunque no los tomes, igual tenés que tomar el cese al 2005, porque es el último aporte. No te conviene. Saludos !!
Opino igual, la ddjj hay que tomarla al año 2005.