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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #293815  por TuruZ7
 
Hola queria saber si alguien puede ayudarme con un par de dudas acerca de los Reajuses.
1- Estoy en Rosario y necesito saber como se efectua la notificacion de la copia de la demanda a la Procuracion del Tesoro de la Nacion.
2- Alguien ya esta haciendo referencia a la nueva en ley en las demandas o todavia no?
Si pueden ayudarme muchas gracias.
 #293832  por sabri79
 
Hola Turu te cuento que a la Procuracion se la notifica a traves de un oficio con copia de la demanda y la documental (esto tiene que estar firmado por vos cada una de las hojas).
En cuanto a la nueva ley, yo todavia no la estoy mencionando.
 #293971  por airis
 
Hola yo creo que si porque ya una denegatoria que llego el 19 de Enero figura, por lo cual seria mejor ponerla antes que la oponga Anses. Es mi humilde opinion.
 #294068  por guillo2
 
hola a todos, estaba viendo y leyendo un par de cosas, y tambien tengo la misma duda, que pasa con la nueva ley? hacemos alúsión a ella y como? alguein tiene material de lectura al respecto? gracias desde ya
 #294727  por TuruZ7
 
Hola Sabri, primero gracias por tu respuesta. De la misma me surge otra pregunta, como es el tema del oficio? Lo confecciona el mismo juzgado y la diligenciamos los abogados o lo confeccionamos y diligenciamos todo nosotros mismos. Te pregunto porque estoy en Rosario y no se bien como es el tema desde aca ya que la Procuracion esta en Bs.As.
Espero puedas ayudarme con eso sino igual muchas gracas.
Respecto a la nueva ley algunos opinan de plantearla en una ampliacion de demanda. Yo la verdad estoy en duda sobre que hacer.
 #294736  por MARCEJU
 
Aca en capital el oficio a la procuración lo hace el abogado, lo sellan en el juzgado y luego lo diligencia el abogado. En tu caso q estan en Rosario supongo q tendras q llevarlo a alguna oficina de diligenciamiento.
Habria q ver si contesta algún abogado del interior del pais o mejor aún preguntalo en el mismo juzgado.
Suerte.
 #294746  por MARCEJU
 
No es molestia! El tema es q estoy en la compu de casa y acá no tengo el modelo. De todas maneras pone el buscar "oficio procuración del tesoro" y seguro te salen modelos porq yo lo saque de acá jaja!
De todas maneras si necesitas algo avisame.
Saludos.
 #294752  por TuruZ7
 
Mucisimas gracias, otra vez, saludos cordiales.
 #294753  por Alejandra Radua
 
En algunos juzgados desde noviembre del año pasado, los diligencian ellos directamente.
Por ejemplo el juzg 3 de Capital Federal.
 #304816  por ezanon
 
Hola! por favor, quisiera consultarles sobre el mismo tema ya que es mi primer demanda de reajuste. La misma, ya pasó vista al fiscal y ahora el proveido del juez dice: "Por devueltos. En atención a las constancias de la causa, estese a lo dispuesto por el art.8 de la ley 25.344 (Res. 71 del 05/11/08 y Res. 82/08 de la excma. Cámara del Fuero). Victoria Pérez Tognola. Juez Federal". Entiendo entonces que el juzgado es quien notifica al tesoro, es asi?. Porque en ningún momento me pide que libre oficio, tampoco dice notifíquese o libre cédula y además, cuando presenté la demanda acompañé una copia para el tesoro de la nación. Entonces: lo diligenciará el juzgado y espero otro proveido? ... Gracias.
 #305090  por mbe
 
yo tenia la misma duda y lo consulte en otro post, ya que no encontre esa resolucion de la camara federal de la sgeuridad social por ningun lado... me contestaron que esa resolucion dispone que la notificacion a la procuracion para las causas ingresadas a partir del mes de noviembre, la realiza integramente el juzgado.