Hola no se cto hace que esta este post pero te comento que yo tenia la misma duda pero en el caso de una cedula para la of de mand y notifs de la plata y un oficio para remitir una causa que tramita aca, ambos 22172. Te comento, que no se requiere ni ius ni bono pero si que estes autorizado en cto a los honorarios en ppio si esta bien lo que decis, porque esta en la ley, para mi te conviene (si lo unico que tenes que hacer es el diligenciamiento, es decir llevarlo a la oficina despues irlo a buscar y eso) fijar una suma que estipules adecuada para tu tjo con el profesional que te lo encomendo, nos vemos, mucha suerte!!
