Tengo un cliente al cuàl le tramitarè una RTI, pero como no tiene los 15 años, y si tiene 12 en los ùltimos 60 meses, deberìa hacerse la moratoria. Nunca lo hice y pregunto: se hace comùn como las otras? tiene algunos periodos pagos adeudados, que se hace ? se los deja asì y se invoca el decr. 526/95? Debo reunir en total 15 años, entre moratoria y rd, y los ùltimos 12 deben estar en los ùltimos 60 meses? Obviamente, deberà ir con sicam 1 y 2, no? Tengo que aplicar algùn benefcio? se liquida por 24.476 no?
Perdòn por tantas preguntas, pero estoy confundido y no estoy seguro.
Gracias desde ya!!!
Perdòn por tantas preguntas, pero estoy confundido y no estoy seguro.
Gracias desde ya!!!
