Hola Carlos, lo que hay es una resolucion de la CARSS, 22358 que lo admite, en algunos casos que tienes que analizar. en otro foro está en el sector de la biblioteca previsional .
Ayer consulté por ello en AFIP, y pregunté si es posible aplicar beneficios en esos casos, y me han dicho que el sistema lo permite y que AFIP, también, pero que es ANSES la que no lo permitiría en algunos casos, que no especificó.. era una opinión de la operadora, muy amable. Por las dudas no se los aplico.
Entrá a la página de AFIP, o buscá en google:
"Casos especiales, formas de tramitar la clave fiscal. Liquidación de SICAM -Pensión, ""
Allí te explica como relacionar la clave fiscal que obtiene el viudo/a con la cuit del causante en el sistema Administrador de Relaciones..
Desde ya envías a la viuda a Anses con una copia autenticada del acta de defunción para acreditar datos personales y para que emita una constancia que lo reconozca como beneficiario autorizado. Luego en el enlace mencionado de Afip, te dicen como seguir. Saludos
Celia