Hola a todos. Pregunta, en una sucesión de pcia., si acuerdo con mi cliente por conv. honorarios un % , cómo sería conveniente pacta el tema de los vtos. de las cuotas, es decir, desde qué momento del proceso sería prudencial comenzar a cobrar, así puedo dejar todo bien aclarado de antemano con mi cliente. Gracias y saludos.