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  • pension por discapacidad, gran duda!!!!!

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #300935  por Rafaela
 
Hola gente!!! Tengo una gran duda sobre el otorgamiento de una pensión por discapacidad, por lo que decidí recurrir a ustedes para despejarla, dado que son quienes se conocen hasta el punto y coma de la legislacion previsional.
Soy abogada laboralista y trabajo en pcia. de santa fe, pero este caso lo tengo que presentar en pergamino, pcia. de buenos aires.
Se trata de un empleado textil que renunció a su empleo a fin de percibir una pensión por discapacidad. Según le dijeron -no tengo claro quienes-, el monto que cobra por dicha pensión tiene directa relación con el monto percibido mientras estaba trabajando.
El tema es que se le abonaba parte en blanco y parte en negro, lo que habría incidido en el monto que ahora percibe por la dichosa pensión, derivando consecuentemente en daños y perjuicios directos por el monto que se le abonaba en negro, que no era poco (unos $700 mensuales).
Mi gran duda es si realmente tenía relación el monto que percibe en concepto de pensión, con el monto que figuraba en los recibos de sueldo. Alguien me puede aclarar esto? Porque realmente, en previsional, soy un cero a la izquierda. Mil gracias por su valiosa ayuda. Saludos. rafaela.-
 #301124  por MariaLujan
 
Si, el haber de la jubilacion tiene relacion directa con el sueldo. Si tu cliente tiene regularidad en los aportes, es decir aportó 30 meses dentro de los ultimos 36, o 30 años en total, seria un aportante regular con derecho a la pensión. En ese caso tiene derecho a percibir el 70 % de su ingreso base (suma representativa del promedio de las ultimas 60 remuneraciones). Si en cambio tenia aprotes por 18 meses dentro de los utlimos 36, o 15 años (de los cuales 12 meses deben haber sido dentro de los ultimos 60), entonces es irregular con derecho y tiene derecho al 50% de su ingreso base.
 #301215  por Rafaela
 
Gracias María del Luján!!! Tu respuesta es de gran ayuda, si me surge otra duda, volveré a postear. Saludos. Rafa.-
 #302138  por Rafaela
 
Me surgió una duda nomás... Cuál es el número de la Ley donde está lo que decís María del Luján??? :oops: Gracias y muchos saludos....
 #303026  por margot
 
Para calcular el monto jubilatorio solo valen los sueldos que aparecen en el SIJyP y que estaba sujeto a aportes.Lo que cobraba en negro y sobre lo cual no aportaba, con su consentimiento, no suma para ese cálculo porque el empleado es quien debe velar por sus aportes; entonces, si recibía esas cantidades sabiendo que no estaban "en blanco" podrá hacerlas valer en jurisdicción laboral pero no en previsional. ley 24241 artículo 13 : "denunciar.....". Ahora es tarde.