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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #299827  por Gabriela8
 
Hola a todos, les escribo para hacerles la siguiente consulta, tengo que jubilara a una persona de 70 años, tiene más de 22 años aportados como autónomos y 11 en relación de dependencia hasta la actualidad. Mi duda es la siguiente, como estoy acostumbrada a comprar años por moratoria acá es donde me confundo.
Dentro de los años de autónomos, tiene períodos pagos y algunos huecos impagos, por ejemplo, del año 87 tiene dos meses pagos y el resto del año no, puedo esos meses que no tiene pagos prescribirlos no???, o sería mejor poner de corrido todos los años que tiene pagos y no hacer figurar ningún otro mes más que no tenga completo el año??, por más que figuren pagos en el sicam??.
Resumiendo para dejarlo en claro, tiene pago corrido desde el 65 hasta el 86, después tiene, y figura como pago en el sicam, dos meses del 87, y mes del 89 y un mes del 93. Ud que harían??, le pondrían todo corrido hasta el 86 y obviarian los pagos restantes??, o completarían todo tal cual figura en el sicam y los períodos impagos los prescribirían???.
Desde ya muchas gracias a todos lo que me puedan dar una mano.
Saludos.
Gabriela. :P
 #299838  por andrea37
 
Yo pondría todo y renunciaría lo que no está pago y no con moratoria sino con ley 24241. Igual espera otras opiniones.
 #299858  por ale_7500
 
Aplicá en la medida que puedas art 3, si seguís con deuda oponé prescripción, si seguís con deuda aplicá 25321 así hasta tener la cantidad de años de autónomos que sumados a la relac dependencia te dé los aportes necesarios según edad. Requiere varias deudas si no estás acostumbrada
 #299903  por Gabriela8
 
muchas gracias a todos por orientarme y darme una mano. Me parece que voy a prescribr los períodos que no tiene pagos así le dá un total de más de 30 años de aportes porque se sumarían 22 años y pico más 11 de relación. Muchas gracias por la ayuda.
Saludos.
Gabriela.