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  • NOTIFICACION SENTENCIA ESTRADOS DEL TRIBUNAL

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 #299783  por Lucero
 
Buenos días a todos. La consulta es la siguiente:
En un juicio de alimentos, en provincia, donde oportunamente se ordenaron las notificaciones en los Estrados del Tribunal, ya tenemos sentencia. Debo notificar al demandado. Tratándose de la sentencia, debo notificar de la forma arriba indicada o remito la cédula al domicilio real del demandado?. Muchas gracias
 #299849  por marianmollet
 
en los casos de rebeldia, las resoluciones se notifican en el estrado del tribunal, salvo la sentencia definitiva, que por el 135 va por cedula al real. esto es asi, porque estando debidamente notificada, la parte no comparecio.
 #300385  por Lucero
 
Muchas gracias Marian. Y decime, en caso que no reciba la cédula, teniendo en cuenta que es un domicilio denunciado y no constituido, como hago para que quede firme la sentencia?
 #300393  por marianmollet
 
si estas seguro que el tipo vive ahi, y no la recibe porque se niega, o no esta o lo que sea, pedi en el expte notificacion bajo responsabilidad. cerciorate bien, si no corres con costas si luego se presenta. igual si ya tenes sentencia y no hizo nada...no creo q se mueva ahora. saludos!