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  • desparalizacion de rendicion de cuentas

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 #263176  por leon21
 
al sacar de paralizado una rendicion de cuentas me sale este proveido, debo hacer algo????? para agregar unas recobos de haber abonado dicha rendicion de cuentas y para cerrar este juicio, debo hacer algo aqui, ahi va el proveido :

Buenos Aires, octubre de 2008.-U
Autos en casillero. NOTIFIQUESE.-
Comuníquese al Centro de Informática
Judicial.-

debo hacer algo yo o es el juzgado??? que debe hacer algo???
desde ya gracias!!!
 #263329  por Sailaw
 
Y para que pediste el saque de paralizado?, si contabas con los recibos, lo deberías haber dejado allí, porque contabas con los mismos para demostrar su cumplimiento.

Si es necesario, notificá, si no lo es, dejalo allí, que vuelva en su momento a su legajo de paralizado.
 #263409  por alilla
 
lo de "Comuniquese al Centro de Informatica" lo hace el propio Juzgado, o deberia hacerlo.
lo de "notifiquese", obviamente, es para vos. Tenes que notificar a todas las partes antes de proseguir con el expte. Pero aca, solo vas a acreditar algo, no es una peticion compleja ni mucho menos, no hay que dar traslado, no hay que resolver nada. Entonces, yo te diria, obviá rotundamente la orden de notificar y acompaña los recibos. A eso proveeran "agréguese y tengase presente", a lo sumo "cumplase con la notificacion ordenada", y despues mandalo a dormir. Lo peor que puede pasar, es que te ordenen dar traslado de esos recibos (hay Juzgados insolitos) y ahi, si queres, notificas ambas cosas (la salida de paralizados y el traslado de los recibos); y entocnes si, q se paralice nuevamente.
Por supus, quedate al menos con copia simple de los recibos. No es muy fiable la permanencia de fojas en un expte, y menos si se paraliza, suelen perderse todas las ultimas cuando arman y desarman los paquetes, o se arrugan...
 #263662  por leon21
 
gracias alilla!!!! gracias.... ahora el expediente esta en despacho por la presentacion de los recibos, acreditacion del pago de los mismos...
una consultita mas antes de vencer los plazos de las cuotas el consorcio cambio de administrador y las dos ultimas cuotas se pago al nuevo administrador , habra que decir o hacer algo al respecto en el expediente, DESDE YA MUCHISIMAS GRACIAS!!!!!!!
 #264500  por leon21
 
gracias alilla!!! no te entiendo ...mira se le a pagado las dos ultimas cuotas directamente porque dijeron que habian que abonarselas al nuevo administrador sin mas tramite , deberia hacer algo ???? en el expediente no se acredito nada de nada de nuevo administrador que debo hacer ????
o le debo decir al nuevo administrador que presente un escrito que se le ha abonado las dos ultimas cuotas ????'
el administrador de antes deberia decir tambien algo??? o debo yo intimarlos a que presentes la acreditacion de los pagos ??? como que ya se cancelo????
que deberia hacer ?????
gracias por tu ayuda!!!!!!!
 #266508  por leon21
 
hola amigos !! me ha salido el siguiente proveido:

Buenos Aires, Noviembre de 2008.-A
Por constituído el nuevo domicilio indicado.
Notifíquese.-
Del pedido de levantamiento de embargo,
traslado a la contraria. Notifíquese conjuntamente con la
providencia de fs. 142 y acompañando copia del escrito en despacho.-
Resérvese la documentación original
acompañada.-

que deberia decir o contestar ante esta providencia , desde ya muchas gracias!!!
 #266530  por Doncella_de_Orleans
 
leon21 escribió:hola amigos !! me ha salido el siguiente proveido:

Buenos Aires, Noviembre de 2008.-A
Por constituído el nuevo domicilio indicado.
Notifíquese.-
Del pedido de levantamiento de embargo,
traslado a la contraria. Notifíquese conjuntamente con la
providencia de fs. 142 y acompañando copia del escrito en despacho.-
Resérvese la documentación original
acompañada.-

que deberia decir o contestar ante esta providencia , desde ya muchas gracias!!!
Mandás una cédula notificando el nuevo domicilio constituido. Y para no mezclar mandas otra que diga "Del pedido de levantamiento de embargo, traslado a la contraria" y lo de la 142 que no se qué será. Adjuntas copia del escrito donde pediste se levante el embargo y de lo que motivó la providencia de fs. 142.
 #266539  por leon21
 
gracias doncella!!!! gracias....una consultita mas antes de vencer los plazos de las cuotas el consorcio cambio de administrador y las dos ultimas cuotas se pago al nuevo administrador , habra que decir o hacer algo al respecto en el expediente, porque el nuevo administrador no esta acreditado en el expediente y es quien deberia decir que esta todo pagado y es a quien deberia tener que notificar ahora como hago??????? DESDE YA MUCHISIMAS GRACIAS!!!!!!!
 #268194  por alilla
 
la notificacion va al domicilio constituido.
Fiajte que notificas al Consorcio, no al Administrador.
El domicilio constituido subsiste a menos qeu lo hayan modificado y NOTIFICADO la consittuicion de nuevo domicilio.
Si el abogado anterior del Consorcio se desvinculo, mientras no lo haya acreditado en el expte y notificado de tal renuncia a su patrocinado, subsiste el domicilio que haya constituido, a vos no te importa, notifica ahi que esta bien
 #286789  por leon21
 
que tal doctores, la verdad mande la direccion del nuevo administrador que era el ultimo a quien abone con los datos del acta donde se lo eligio, pero bueno me dijeron notifiquese al domicilio constituido y y que lo que presente quedaba para su debido tiempo,
bueno notifique al domicilio constituido , se notifico pero se noptifico pegando la notificacion en la puerta por el oficial notificador, entonces creo que quedo bien notificado por ser el domicilio constituido esto es asi ??? y ahora que deberia hacer?? o es el juzgado que sacara un proveido para seguir o yo debo pedir algo habiendose notificado ya ????? desde ya muchas gracias !!!
 #298406  por leon21
 
HOLA BUENO YA SE NOTIFICO, EL CASO ES QUE DEBO SACAR EL EMBARGO A LA PROPIEDAD QUE QUEDO EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD POR ESTE JUICIO , QUE DEBERIA HACER AHORA?
deberia pedirle al juez que notificado fehacientemente en el domicilio constituido SOLICITO se saque el embargo que pesa sobre dicho emnueble debido que se a acreditado el pago de tida la deuda??? deberia hacer esto o es el juzgado quien debe sacar algun proveido???
desde ya muchas graciassssssssssssssssssssssssssssssssss

alilla escribió:la notificacion va al domicilio constituido.
Fiajte que notificas al Consorcio, no al Administrador.
El domicilio constituido subsiste a menos qeu lo hayan modificado y NOTIFICADO la consittuicion de nuevo domicilio.
Si el abogado anterior del Consorcio se desvinculo, mientras no lo haya acreditado en el expte y notificado de tal renuncia a su patrocinado, subsiste el domicilio que haya constituido, a vos no te importa, notifica ahi que esta bien