Hola! Esta es mi primera participación en el Foro, lo cual me parece un servicio muy util para los letrados noveles como yo y desde ya les agradecería su opinión:
Mis clientes celebraron contrato de locación comercial hace aprox. 1 año. Hace dos días el Locatario decide devolverle las llaves al Locador ya que el comercio fue clausurado por no contar con la habilitación comercial, El locador recibe las llaves sin firmar recibo, a su véz, el locatario retira todas sus pertenencias dejando el inmueble definitivamente. Obviamente se trata de una rescision anticipada, no existió notificación fehaciente de acuerdo art. 8 ley 23091 y en el contrato de locación no se estableció claúsula indemnizatoria. La pregunta concreta es: Como me conviene instrumentar la rescisión? le pedí al letrado del Locador me notifique mediante CD, el mismo no accede y me pide sea por mutuo disenso realizando una reunión para la firma del instrumento. Creo que no habría obstaculo para celebrarlo de esa forma...pero de todas maneras desearía vuestra opinión. Les agradecería un modelo. Muchas gracias!
Mis clientes celebraron contrato de locación comercial hace aprox. 1 año. Hace dos días el Locatario decide devolverle las llaves al Locador ya que el comercio fue clausurado por no contar con la habilitación comercial, El locador recibe las llaves sin firmar recibo, a su véz, el locatario retira todas sus pertenencias dejando el inmueble definitivamente. Obviamente se trata de una rescision anticipada, no existió notificación fehaciente de acuerdo art. 8 ley 23091 y en el contrato de locación no se estableció claúsula indemnizatoria. La pregunta concreta es: Como me conviene instrumentar la rescisión? le pedí al letrado del Locador me notifique mediante CD, el mismo no accede y me pide sea por mutuo disenso realizando una reunión para la firma del instrumento. Creo que no habría obstaculo para celebrarlo de esa forma...pero de todas maneras desearía vuestra opinión. Les agradecería un modelo. Muchas gracias!

