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  • no se puede aplicar beneficio en periodos sin activiadad?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #296473  por floppy
 
Hola amigos! Necesito realizarles una consulta, al pretender presentar mi primera liquidacion por sicam, cuando ingresos los periodos, todo bien, pero al ingresar beneficio art. 3 ley 24476, me aparece unn cartel que dice no se puede aplicar el beneficio a periodos sin actividad.
Comprar lo periodos que dicen que son los mas baratos y los otros solo los inclui en el beneficio.
Se trata de una señora que nacio en 11/11/1944, en el post me controlan el sicam esta como pensaba presentarlo, y que no tuve suerte.
Me dan una mano porfi! Quiere decir que tengo que incluir todo incluso los periodos mas caros y luego aplicar el beneficio de esta manera no los estaría comprando?
Desde ya gracias! Espero alguien me pueda orientar. Hace mas de un mes que estoy con esto...
Floppy :P
 #296483  por Calderons
 
floppy escribió:Hola amigos! Necesito realizarles una consulta, al pretender presentar mi primera liquidacion por sicam, cuando ingresos los periodos, todo bien, pero al ingresar beneficio art. 3 ley 24476, me aparece unn cartel que dice no se puede aplicar el beneficio a periodos sin actividad.
Comprar lo periodos que dicen que son los mas baratos y los otros solo los inclui en el beneficio.
Se trata de una señora que nacio en 11/11/1944, en el post me controlan el sicam esta como pensaba presentarlo, y que no tuve suerte.
Me dan una mano porfi! Quiere decir que tengo que incluir todo incluso los periodos mas caros y luego aplicar el beneficio de esta manera no los estaría comprando?
Desde ya gracias! Espero alguien me pueda orientar. Hace mas de un mes que estoy con esto...
Floppy :P
HOLA, EN SICAM, PARA APLICAR EL BENEFICIO..TENES QUE CARGAR PRIMERO LOS PERIODOS QUE LUEGO REPETIRAS COMO BENEFICIO,,SINO NO TE LO TOMA COMO VOS DECIS.
EJEMPLO:

CARGAS LA FECHA QUE ELEGIS COMO BENEFICIO----------> 10/1986 A 09/1993
Y LUEGO ABAJO, CARGAS EL BENEFICIO----------------------> 10/1986 A 09/1993 ( SON IGUALES)
DE ESTA FORMA SE CARGA, SI TENES DUDAS TE RESPONDO..SALUDOS
MARCELO
 #296511  por floppy
 
Gracias Marce!
Ahora una ultima pregunta, si la situacion de revista sería 11/12/62 al 11/12/90, (serian 28 años porque esta excedida 64 a 2 años menos)en beneficios entonces tomo 7 años de los mas caros, y los detallo
<otra opcion sería hacer un cese y un alta en los meses mas caros que no me entran en los 7 años y luego retomar e incorporar como te indico? desde ya siempre cuidando de no pasarme mas alla de sep del 93.
Desde ya gracias!
Floppy :P