Es un caso de pensión por discapacidad, que necesita una curatela aún en trámite,
ya que la pensión está finalizada, averigué en la web* y dice que se puede cobrar con constancia del juzgado
que indique que la curatela está en trámite.
*http://www.atepensiones.org.ar/spip.php?article204
SERÁ VERDAD, ALGUNO UNA VEZ LE TOCÓ ALGO PARECIDO? EN CASO AFIRMATIVO PODRIAN DECIRME CÓMO
HACER? MUCHAS GRACIASS
ya que la pensión está finalizada, averigué en la web* y dice que se puede cobrar con constancia del juzgado
que indique que la curatela está en trámite.
*http://www.atepensiones.org.ar/spip.php?article204
SERÁ VERDAD, ALGUNO UNA VEZ LE TOCÓ ALGO PARECIDO? EN CASO AFIRMATIVO PODRIAN DECIRME CÓMO
HACER? MUCHAS GRACIASS
