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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #290305  por jamila
 
Buen día a todos!!!

Aquí estoy con otra consultita para quien pueda darme una "manito".
Estuve leyendo varios topics y me surgió una duda:
Tengo un cliente que el 30/01 cumple sus 65 años.
No tiene aportes ni trabajò en relación de dependencia, pero en SICAM, en la pantalla "datos personales" le aparecen períodos prescriptos (10/1993 - 4 1998) y Períodos no prescriptos (5/1998 - 02/2007). En "Situación de revista" figura: 07/2004 - 02/2007 actividad 297.

Ya hice el sicam y estoy por enviar el plan, pero me surgió la duda a cerca de si debo sacar turno o puedo ingresarlo en "autopista de servicios" como autónomo puro???

Nuevamente adelanto mi agradecimiento a quien pueda contestarme.
 #290310  por inesla
 
hola, si respetás toda la sit. de revista o la modificás en la agcia. entralo por la wueb, sds
 #290321  por DANIELSEU
 
Coloca en situacion de revista como figuara en datos personales y prescribi todo desde el 10/1993 ( si no tiene pagos que te interesen tomar) Controla que no te quede deuda en los periodos posteriores al 09/1993 y presenta por web q va a salir aprobada. Si queres que lo controlemos pasa la situacion de revista y lo revisamos. Saludos
 #290619  por jamila
 
Inés y Daniel: ¡¡¡gracias por las respuestas!!!!

Acepto tu ayuda Daniel y acá te paso los datos del cliente para ver si están bien:

Nacimiento: 30/01/44
18 años: 30/01/1962

Situación de revista:
art. 1 ley 2521: 07/2004 - 02/2007

cód. 401: 02/1962 - 1/1992
DDJJ : 06/1977 - 05/1980 (3 años)
04/1984 - 03/1988 (4 años)

DEsde ya, ¡¡gracias!!! y ¡¡buen fin de semana!!!
 #290654  por DANIELSEU
 
Segun los datos que pasas, solo agregaria lo siguiente:

En primer lugar arma el sicam el 01/02/2009 despues que cumpla los 65
En segundo lugar agrega en situacion de revista todos los periodos ( prescriptos o no), y despues prescribi todo. Segun lo que veo solo prescribis lo que figura despues del 2004. Agrega todos los periodos tal cual como figura en datos personales y luego prescribi. No esta de mas y es mejor estar seguro. Ademas te aseguras por si figura algun pago , el cual quedaria prescripto para tomarte tus 7 años de ddjj. Y luego manda por web y suerte. Saludos
 #290655  por jamila
 
Gracias, Daniel! te voy a hacer caso en lo que me sugerís... no se me había ocurrido...
Y disculpá que te moleste con otra consultita... ¿debe el cliente abonar la primer cuota y las sgtes. hasta que le otorguen el beneficio?

Gracias!!!
 #290699  por Calderons
 
DANIELSEU escribió:Segun los datos que pasas, solo agregaria lo siguiente:

En primer lugar arma el sicam el 01/02/2009 despues que cumpla los 65
En segundo lugar agrega en situacion de revista todos los periodos ( prescriptos o no), y despues prescribi todo. Segun lo que veo solo prescribis lo que figura despues del 2004. Agrega todos los periodos tal cual como figura en datos personales y luego prescribi. No esta de mas y es mejor estar seguro. Ademas te aseguras por si figura algun pago , el cual quedaria prescripto para tomarte tus 7 años de ddjj. Y luego manda por web y suerte. Saludos
UNA DUDA...SI PRECRIBE POR 25321..PERO NO DEBE RESPETAR LA FECHA DE CESE ORIGINAL PARA EL art 3??
SALUDOS
MARCELO
 #290812  por DANIELSEU
 
Solo debes pagar la primer cuota, en el caso de presentaciones por web, es la unica que tenes que pagar. En el caso de que te toque algun dia alguna por turno, al momento de la presentacion deben estar pagadas todas las cuotas que hayan vencidos hasta el momento de solicitud de turno.
A la pregunta de Calderons, para tomarte los años de ddjj art 3 ley 24476 se tienen en cuenta en el caso de autonomos el ultimo periodo no prescripto. En este caso se puede tomar 7 años. En el caso de relación de dependencia no se puede prescribir y se toma el ultimo mes de aportes que figuren en la historia laboral. Saludos