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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #287610  por LorenaM2008
 
Tengo el caso de una Contadora que tiene aportes en relación de dependencia y como monotributista por desarrollo de su profesión en forma independiente en los ultimos años.
Quiere iniciar los trámites para obtener su beneficio jubilatorio, del análisis de las certificaciones de servicio y de los pagos registrados en SICAM le faltaria quizas un par de años de aportes.
En este caso:
Los años que me faltan completar... como los completo? por SDM? no creo, o si? porque habida cuenta de la circunstancia de ser una profesional resulta poco serio me parece, je.
Cómo debo proceder?
Por otro lado: si bien ella no se hace cargo del estudio contable, es la figura como titular, la que firma, la que entrega los recibos por cobro de honorarios,etc, etc.
Mi pregunta es:
- si inicia los trámites jubilatorios tengo que darla de baja como monotributista?
- siendo ese el caso, ya no podría ser la que figure como titular del estudio y entregar recibo, etc etc etc....
Alguien que me oriente por favor.
Gracias
 #287625  por hugo2
 
1 ) no necesita sdm, si le faltan años apela a la 24476
2 ) no se tiene que dar de baja de monotributo se tiene que recategorizar como jubilada
3 ) Puede y tiene que dar recibos.
Saludos
 #287737  por clasu
 
Cuidado. Los contadores como los abogados tienen caja de jubilaciones propias, tendrias que ver si los aportes estan realizados a la caja (Consejo Profesional) o al Anses (x tener trabajo en relacion de dependencia) posiblemente el MT que este pagando es solo el componente impositivo y no por jubilacion.
Si los años son todos aportados al ANSES apela , como dice Hugo2, a la 24476 y una vez que sale la jubilacion se tiene que recategorizar como jubilada si continua trabajando.
Hace un analisis mas profundo y cualquier cosa pregunta. Suerte.
 #287757  por LorenaM2008
 
clasu escribió:Cuidado. Los contadores como los abogados tienen caja de jubilaciones propias, tendrias que ver si los aportes estan realizados a la caja (Consejo Profesional) o al Anses (x tener trabajo en relacion de dependencia) posiblemente el MT que este pagando es solo el componente impositivo y no por jubilacion.
Si los años son todos aportados al ANSES apela , como dice Hugo2, a la 24476 y una vez que sale la jubilacion se tiene que recategorizar como jubilada si continua trabajando.
Hace un analisis mas profundo y cualquier cosa pregunta. Suerte.

Gracias. Si tendria que sentarme a analizar todo con detenimiento, pero a priori queria tener mas o menos una idea de como orientar el tema.
Cualquier cosa les consulto beso.
 #289636  por LorenaM2008
 
clasu escribió:Cuidado. Los contadores como los abogados tienen caja de jubilaciones propias, tendrias que ver si los aportes estan realizados a la caja (Consejo Profesional) o al Anses (x tener trabajo en relacion de dependencia) posiblemente el MT que este pagando es solo el componente impositivo y no por jubilacion.
Si los años son todos aportados al ANSES apela , como dice Hugo2, a la 24476 y una vez que sale la jubilacion se tiene que recategorizar como jubilada si continua trabajando.
Hace un analisis mas profundo y cualquier cosa pregunta. Suerte.

Hola Clasu.
Con más elementos que me hizo llegar la cliente, tenemos aportes mixtos:
1- En relación de dependencia: del 3/9/1971 al 30/6/1975 (3 años 6 meses y 28 dias) aportes a ANSES
de una empresa de calzados.
2.- del 07/1975 hasta 12/1984 SIN APORTES Y SIN ACTIVIDAD
3.- Autónomos: del 1/85 al 7/08 como Autonomo cod. 707 - Peritos Contadores, y otras categorías de actividades autónomas (16 años 9 meses) que figuran en el SICAM.
4.- En rel de dep: del 9/01/1997 al 30/6/2001 (4 años y 5 meses) para Superintendencia de Bienestar de PFA.

Hasta ahora la sumatoria daría: en RRDD 7 años y 11 meses - autonomo 16 años 9 meses, lo que haría un total de 24 años y 8 meses.
Pero ahora bien... mis preguntas:
a.- Por un lado, tengo entendido que los aportes a un organismo como Polifia Federal se cuentan doble, esto es así???
b.- Respecto de estos aportes, qué pasa con ellos si se superponen con aportes autónomos? porque en la franja que va de enero del 97 a junio del 2008 además de tener la certificación de servicios y aportes de Policia tenemos los pagos que figuran en el SICAM.
c.- Por un lado, si no hay problemas con esa superposición y se toman los aportes de PFA... si se toman simples, estarían faltandome 5 años y 4 meses con lo que debería apelar a la 24476
d.- de apelar a la 24476 para completar esos años: qué periodo me convendria tomar?
e.- si esos aportes de PFA efectivamente se contaran dobles, entonces quedaria cubiertos y superados los 30 años de sevicios c/aportes.

Cómo voy con el análisis?
Gracias
 #289637  por LorenaM2008
 
clasu escribió:Cuidado. Los contadores como los abogados tienen caja de jubilaciones propias, tendrias que ver si los aportes estan realizados a la caja (Consejo Profesional) o al Anses (x tener trabajo en relacion de dependencia) posiblemente el MT que este pagando es solo el componente impositivo y no por jubilacion.
Si los años son todos aportados al ANSES apela , como dice Hugo2, a la 24476 y una vez que sale la jubilacion se tiene que recategorizar como jubilada si continua trabajando.
Hace un analisis mas profundo y cualquier cosa pregunta. Suerte.

ahhh...otro tema, en cuanto a lo que decis de que quizas MT se este pagando el componente impositivo y no por aportes jubilatorios.
del SICAM surge como Tipo Concepto de pago: Capital(Autónomo) y también surge como ICS (que...qué vendria a ser), códigos como 333019005/333019004/333019018/333019005
La pregunta es como identifico esos numeros con el concepto al que corresponde? donde puedo consultar eso para saber si los pagos efectivamente se imputan al componente MT y/o al jubilatorio?
Help.
Ofrezco compensación por ayuda, plata no hay, propuestas indecentes tampoco...jajaja... pero la satisfaccion de ayudar a una coleguita en apuros vale, o no? jajaja.
Gracias