Estimados foristas tengo una duda, es mi pripera ejecucion de un pagare. Hay distintos pagares con distintas fechas. Por ejemplo uno es creeado en 1999, pero pagadero con fecha octubre de 2008. El plazo de prescripcion corre desde que es exigible? la fecha de emision incide en algo? Hay otro pagare que tiene preimpreso la fecha 199xxx, mi cliente lo lleno con fecha 2008, hay algun problema o se entiende lo del madato tacito para llenar esos espacion en blanco? (aclaro que no esta tachado el año preimpreso).Gracias