Buenas noches, quizas alguno de uds. tuvo el caso similar: se trata de un sra. muy mayor que percibe un retiro, trabjo en la prefectura, quiere saber sise puede jubilar a traves de la moratoria, ademas cuanta con casi 4 años de aportes en RD, con las funciones adm. de una empresa de seguridad que son años posteriores al retiro.Debe pagar la deuda que surge para llegar a los 30 años de forma contado? o Existe otra posibilidad actualmente? Esos años en RD poseen certificacion de servicios y ademas aclaro no son superpuestos a la actividad en prefectura. Desde ya muchas gracias si me pueden orientar...