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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #284477  por vero08
 
Hola , gente , les haga una preguntonta¡¡Ya se q no se pueden enviar via web , pero q pasa si la mando , ya q es sin aportes , pq tiene dos pagos de monotributo , en el 2003 y rd de 1 año , q no la tomaria .
se fue a españa en el 2004 , compraria periodos q vivia aca , ya q tiene 66 años. gracias, vero
 #284500  por marcegaleano
 
Si estuvo aca no hay problema, igualmente tenes que tener en cuenta que estan haciendo ambientales para saber si la persona vive, si reside aca o no y desde cuando esta afuera, ya que hay cruces con migraciones.
 #284501  por marcegaleano
 
Si estuvo aca no hay problema, igualmente tenes que tener en cuenta que estan haciendo ambientales para saber si la persona vive, si reside aca o no y desde cuando esta afuera, ya que hay cruces con migraciones.
 #284503  por vero08
 
Gracias marcegaleano , los periodos q voy a comprar son hasta el 87 , tiene monotributo hasta antes de irse, a españa , en el 2004 . No se q hacer ¡¡ vero
 #284506  por marcegaleano
 
Si la mandas por web renuncia a esos periodos del 2004, ya que solamente van hasta 09/1993. Si estas segura que durante el periodo que vas a comprar residio en Argentina mandala.
 #284514  por vero08
 
Asi lo planteo. mujer , 1/4/1942 66 años y 8 meses, art 19 3 a y 4 m
5/60 - 1/87 307
7/2001- 6/2004 mt 10
10/76- 9/80 art 3º
7/2001- 6/2004 25321 renuncio
Se va a España , el 10 del 2004
gracias , creo q la voy a mandar . vero
 #284680  por marcegaleano
 
Acordate que mas de 7 años no òdes aplicar de declaracion jurada, y siempre convienen los periodos mas caros 08/1977 a 10/1980 y 04/1984/12/1987
 #284737  por marianela677
 
Hola te cuento un caso que yo tuve...
Un una sra. le iniciaron una japp en 2006. ella en ese momento vivia en israel(desde el año 1998).
El sicam todo bien. La mandaron por web (cosa que no se puede sino vive el el pais).
Luego en 10/2007 le suspenden el pago del beneficio(cruce de info con migraciones). Ahi me vino a verm a mi la hija.
Que problema!!!!
Se le inicio la jubi nuevamente por turno, acreditando que vivio en argentina en los periodos de sicam.
Pero ojo anses reclama los periodos que le pago a la sra. sin derecho, mas las cuotas adeudadas de sicam(que ellos pagaron a la afip), Asique..... todo un lio y tuvimos que pelear bastante para que se la aceptaran.
Nose para mi te conviene, que nombre una apoderada aka en arg, con la carta porder de anses certificada por la Embajada de España. En este caso que te comente, la hija hacia los tramites sin problemas en la embajada, le tardaba aprox. 30 dias.
No se es una opinión. Para mi es bueno hacer las cosas bien de entrada para no tener quilombitos como los tuve yo!!
Suerte. MArianela
 #284747  por vero08
 
Hola Marianela677 , si estoy en dudas , de lo q hacer , , aka la sobrina tiene un poder amplio, , el tema q le cuesta mucho ir a madrid hacer , los papeles del consulado , le queria evitar eso . esta enferma y teiene unas 5 horas de viaje . gracias por tu opinion , muy valiosa. vero
 #285398  por gaggag
 
mira esta expesamente prohibido, mandar por web, las jubilaciones de los residentes en el exterior, y el anses ya teine un cruce de información con migraciones y lo detectan , te dan de baja el beneficio, yo no te aconsejo hacerlo, yo jhice muchas jubilaciones de gente que reside en el exterior , pero pido turno yo presento la pruebe de que estaban en el pais cuando compro la moratoria y de la salida de aca , cualquier duada avisame y te digo como armo los expedientes
 #285485  por vero08
 
gracias a todos por compartir sus experiencis . Les cuento q hoy ahble con la señora y decidimos hacerlo con turno .
Gaggag te consulto para saber q pruebas presentas para acreditar q los años q se compran vivia en el pais?.
nuevamente gracias . vero
 #286066  por gaggag
 
vero

yo presento primero copia integra del pasaporte argentino con las fechas de salida , el consulado argentino lo legaliza y no cobra nada,

si tiene fotocopia del doumento argentino donde surjan los votos , esos es prueba fundamental , tambien legalizado
lo principal es que el periodo que compres de moratoria este en el pais , sirve tambien partidas de nacimiento de hijos casamiento etc

toda la documetacion tiene que venir certificda por el consulado argentino, y aca la tenes que llevar al ministerio de relaciones exteriores que lo legaliza gratis, tenes que decidir tambien donde quiere cobrar si aca o alla