Hola me llegó el siguiente caso: hermana que quiere tramitar la pensión de su hermano con discapacidad mental, pensión que era de la madre fallecida, en el anses dijeron que debe realizar previamente la curatela, eso es así, pero el viernes una colega me dijo que hay una resolución que permite crear el vínculo de parentesco sin pedir la curatela, porque ella es la hermana!! Es así???, necesito de la ayuda de ustedes, gracias
