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  • renuncia al patrocinio

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 #280863  por SASTRECITA
 
Hola queria saber si cuando uno renuncia al patrocinio, ademas de notificar a nuestro cliente tambien hay que notificar a la otra parte, o es suficiente con hacerselo saber a nuestro ex- cliente.-
Ademas en las renuncias que presente a veces ni siquiera ponen notifiquese o le dan un plazo para que se presente con otro abogado, pero con la renuncia y la notificacion uno ya esta libre de cualquier responsabilidad es asi o no
 #280925  por Taneyev
 
Con notificar al ex cliente en su domicilio real es suficiente. A partir de la fecha de
la notificación quedas desobligada en el expediente y en adelante puedes peticionar
por tu propio derecho.
 #280927  por abogado_1987
 
SASTRECITA escribió:Hola queria saber si cuando uno renuncia al patrocinio, ademas de notificar a nuestro cliente tambien hay que notificar a la otra parte, o es suficiente con hacerselo saber a nuestro ex- cliente.-
Ademas en las renuncias que presente a veces ni siquiera ponen notifiquese o le dan un plazo para que se presente con otro abogado, pero con la renuncia y la notificacion uno ya esta libre de cualquier responsabilidad es asi o no
Sastrecita, notificá a tu excliente ... generalmente el auto de renuncia dice
“Buenos Aires, Octubre 17 de 2008.-VT Proveyendo a fs. 114: Téngase presente la renuncia al patrocinio efectuada, hágase saber a sus efectos e intímese a la parte a constituir nuevo domicilio procesal dentro del plazo de diez días, bajo apercibimiento de dar por notificadas las sucesivas providencias automáticamente en la forma prevista por el art. 133 del Código Procesal. Notifíquese en el domicilio real en su caso conforme ley 22172.... Fdo. G. Juez (P.A.S.)"