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  • CONTESTA MEMORIAL CON COPIAS?

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 #280611  por cristina1
 
Me intiman por el art. 120, acompañar copias de la contestación del memorial, es la primera vez que me pasa.
Saludos
 #280616  por abogado_1987
 
cristina1 escribió:Me intiman por el art. 120, acompañar copias de la contestación del memorial, es la primera vez que me pasa.
Saludos
Cristina, te intiman por ...

120. Copias. De todo escrito de que deba darse traslado y de sus contestaciones, de los que tengan por objeto ofrecer prueba, promover incidentes o constituir nuevo domicilio y de los documentos con ellos agregados, deberán acompañarse tantas copias firmadas como partes intervengan, salvo que hayan unificado la representación. Se tendrá por no presentado el escrito o el documento según el caso, y se devolverá al presentante sin más trámite ni recurso, salvo la petición ante el juez que autoriza el artículo 38, si dentro de los dos días siguientes a los de la notificación, por ministerio de la ley de providencia que exige el cumplimiento del requisito establecido en el párrafo anterior, no fuere suplida la omisión.
Las copias podrán ser firmadas, indistintamente, por las partes, sus apoderados o letrados que intervengan en el juicio. Deberán glosarse al expediente, salvo que por su volumen, formato u otras características resultare dificultoso o inconveniente, en cuyo caso se conservarán ordenadamente en la secretaría. S610 serán entregadas a la parte interesada, su apoderado o letrado que intervengan en el juicio, con nota de recibo.
Cuando deban agregarse a cédulas, oficios o exhortos, las copias se desglosarán dejando constancia de esa circunstancia. La reglamentación de superintendencia establecerá los plazos durante los cuáles deben conservarse las copias glosadas al expediente o reservadas en la secretaría.
 #280617  por cristina1
 
Gracias abogado_1987, pero jamás acompañe copias de los escritos de los cuales no se da traslado, y nunca me intimaron por el art. 120.
Saludos.
 #280630  por abogado_1987
 
cristina1 escribió:Gracias abogado_1987, pero jamás acompañe copias de los escritos de los cuales no se da traslado, y nunca me intimaron por el art. 120.
Saludos.
Cristina. de nada ... está normado en el art. 120 "... De todo escrito de que deba darse traslado y de sus contestaciones ... deberán acompañarse tantas copias firmadas ..."

por lo cual, contestación de memorial > copias firmadas ...