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 #280063  por Sol2008
 
Tengo un ejecutivo, voy por la actora. El demandado constituyó domicilio pero luego el colega que lo representaba se mudó a otra oficina. Yo mando las cédulas al domicilio incial, pero obviamente me vienen rechazadas. Pido al Juzgado que atento los rechazos, se tenga por constituído el domicilio legal del demandado en los estrados y me contestan que no. QUE PUEDO HACER?? TIENEN ALGUN MODELO DE ESCRITO para casos como estos?? Gracias a los que puedan ayudarme. Sol
 #280065  por fla2009
 
el abogado tiene obligación de denunciar nuevo domicilio yo iria al colegio de abogado, tal vez ahi consta el nuevo domicilio o tienen su telefono
 #280072  por abogado1987
 
Sol2008 escribió:Tengo un ejecutivo, voy por la actora. El demandado constituyó domicilio pero luego el colega que lo representaba se mudó a otra oficina. Yo mando las cédulas al domicilio incial, pero obviamente me vienen rechazadas. Pido al Juzgado que atento los rechazos, se tenga por constituído el domicilio legal del demandado en los estrados y me contestan que no. QUE PUEDO HACER?? TIENEN ALGUN MODELO DE ESCRITO para casos como estos?? Gracias a los que puedan ayudarme. Sol
Sol, si constituyó domicilio > tené presente que ...

42. Subsistencia de los domicilios. Los domicilios a que se refieren los artículos anteriores subsistirán para los efectos legales hasta la terminación del juicio o su archivo, mientras no se constituyan o denuncien otros....
 #280091  por Sol2008
 
fla2009 escribió:el abogado tiene obligación de denunciar nuevo domicilio yo iria al colegio de abogado, tal vez ahi consta el nuevo domicilio o tienen su telefono
Te comento Fla2009. Hice eso y en su momento, notifiqué una liquidación al domicilio "denunciado" y me tomaron la cedula por que el colega atendía en ese lugar, el tema es que la desparalización del expediente S.S. quiere que lo haga al consituido y es ahí donde se me complica la cuestión. Se que volverá rechazada como otras cédulas y el tiempo me corre. Gracias por ayudarme Fla2009
 #280100  por Sol2008
 
abogado1987 escribió:
Sol2008 escribió:Tengo un ejecutivo, voy por la actora. El demandado constituyó domicilio pero luego el colega que lo representaba se mudó a otra oficina. Yo mando las cédulas al domicilio incial, pero obviamente me vienen rechazadas. Pido al Juzgado que atento los rechazos, se tenga por constituído el domicilio legal del demandado en los estrados y me contestan que no. QUE PUEDO HACER?? TIENEN ALGUN MODELO DE ESCRITO para casos como estos?? Gracias a los que puedan ayudarme. Sol
Sol, si constituyó domicilio > tené presente que ...

42. Subsistencia de los domicilios. Los domicilios a que se refieren los artículos anteriores subsistirán para los efectos legales hasta la terminación del juicio o su archivo, mientras no se constituyan o denuncien otros....
Hola abogado1987.
Si he leído el art.42, ahora que me sugeris que haga, por que las cédulas me vienen rechazadas en ese domicilio y he denunciado uno nuevo donde el colega del demandado me recibió una par de ellas. La duda es si acompaño un escrito explicando que en el constituído se rechazan las cedulas (algo obvio que la persona que hace el confronte lo ve) ó mando la cedula al *denunciado* y rezo para que no me impugnen la notificación?? Estoy a un paso de pedir los Oficios del 576 y no quiero meter la pata en las notificaciones. Gracias por ayudarme !!!
 #280115  por abogado1987
 
Sol, si " ... El demandado constituyó domicilio pero luego el colega que lo representaba se mudó a otra oficina ... " , notificaría al domicilio constituido (art. 42 del CPCC) hasta tanto no me notifiquen de la constitución de nuevo domicilio ...
 #280121  por Doncella_de_Orleans
 
Si el domicilio al que estás enviando la cédula es "constituido" no tiene por qué volver sin notificar.
 #280123  por gadriana
 
abogado1987 escribió:Sol, si " ... El demandado constituyó domicilio pero luego el colega que lo representaba se mudó a otra oficina ... " , notificaría al domicilio constituido (art. 42 del CPCC) hasta tanto no me notifiquen de la constitución de nuevo domicilio ...
Exactamente. Ese es el domicilio constituido. Es carga de ellos notificarte uno nuevo. Pedí se lo tenga por notificado directamente. Ese es el efecto de un domicilio constituido. Distinto sería si lo que tenés que notificar va al domicilio real, eso es otro cantar. Atte.
 #280132  por Doncella_de_Orleans
 
Si es constituido y el Oficial no la fija "en la puerta de acceso", está incumpliendo su deber. No hay que pedir se lo tenga por notificado, el oficial no está haciendo lo que debe, y si sigue sin hacerlo, entonces pedí se libre oficio a la Oficina de notificaciones a fin de que se informe por qué no deja la cédula (el oficial deberá presentar un informe y la Oficina contestará).
 #280137  por Sol2008
 
Doncella_de_Orleans escribió:Si es constituido y el Oficial no la fija "en la puerta de acceso", está incumpliendo su deber. No hay que pedir se lo tenga por notificado, el oficial no está haciendo lo que debe, y si sigue sin hacerlo, entonces pedí se libre oficio a la Oficina de notificaciones a fin de que se informe por qué no deja la cédula (el oficial deberá presentar un informe y la Oficina contestará).
Hola Doncella.
En una de las cédulas, el oficial notificador señala que no fue recibida por que no vive ahi.
Sigo mandando las cedulas a ese domicilio a pesar que "no vive" más ahi ??
O sea, el portero del edificio le dice al oficial notificador que el Dr. fulano se mudó y por ende, la cedula vuelve.
Pido disculpas si es algo muy basico lo que pregunto, pero nunca me pasó algo así.
 #280138  por Doncella_de_Orleans
 
Donde estas Sol? Capital Federal?
 #280141  por Doncella_de_Orleans
 
Los que constituyen en un casillero serán tan pequeños como para hacer de ese cajoncito el lugar donde viven???
 #280151  por ROCHIZZA
 
Pedi que se lo tenga por notificado, al no denunciar el nuevo domicilio constituido en todo caso que se lo tenga por constituido en los estrados del juzgado y se te termina el problema.
 #280155  por Doncella_de_Orleans
 
Si constituyó domicilio en un lugar, pues allí debe dejarse la cédula, viva o no viva ahí, trabaje o no trabaje ahí, para eso lo constituyó allí. Y el oficial debe dejarla.
Es irrelevante que se haya mudado, porque aún habiendolo hecho, si no constituyó nuevo domicilio o si lo constituyó pero no está notificado, sigue vigente el primero.
 #280157  por sergiosky
 
opino igual, si el abogado constituyó domicilio en x lugar las cedulas deben enviarse ahi si o si, el oficial notificador no puede informar que no pudo notificar porque no vive mas ahi, es obligacion del abogado denunciar en el expediente nuevo domicilio constituido, hasta que ello no suceda vos tenes que enviar las cedulas al ultimo domicilio constituido y que consta en autos, la responsabilidad será del letrado que se mudó sin avisar pero no es carga tuya salir a rastrearlo por media ciudad para entregarle la cedula, pedí que atento la omision de denunciar domicilio se lo notifique en los estrados del juzgado.