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  • DS y PS desistimiento

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 #277383  por catulo
 
Estimados: requiero ayuda en cuanto a un Ds. y Ps. en el que se notificó a la aseguradorame, pero me es imposible notificar a la demandada. ¿Es posible desistir de la acción en contra de la persona (evitando más perdida de tiempo con la notificación) y seguir el proceso adelante contra la compañía aseguradora solamente? Alguien puede contarme su experiencia???
Les agradeceré cualquier ayuda que puedan ofrecer .
 #277391  por abogado_1987
 
catulo escribió:Estimados: requiero ayuda en cuanto a un Ds. y Ps. en el que se notificó a la aseguradorame, pero me es imposible notificar a la demandada. ¿Es posible desistir de la acción en contra de la persona (evitando más perdida de tiempo con la notificación) y seguir el proceso adelante contra la compañía aseguradora solamente? Alguien puede contarme su experiencia???
Les agradeceré cualquier ayuda que puedan ofrecer .
catulo, interpreto que no podés desistir atento que la compañia de seguros es citada en garantía de ....................
 #277423  por catulo
 
Entiendo lo mismo, pero tenia el comentario de que había una posibilidad en cuanto ya hay contestación de la demanda por parte de la compañía y ese acto procesal ya significaría que se convirtió en parte del proceso y de allí la posibilidad de continuar el proceso contra ella sola. Quería saber si alguien vió o escucho de un expediente con estas características...
 #277441  por miltriti
 
no es posible desistir de la accion contra el demandado ya que s trata de una acción directa no autónoma, ya que si bien la citación del asegurador permite su ejecución directa, en el derecho argentino, la misma debe plantearse en forma necesaria, en el juicio que el damnificado sigue al asegurado.

En otras palabras el damnificado no puede demandar en forma directa y exclusiva al asegurador y por consiguiente tampoco puede, iniciarla en contra de los 2 y luego desistir sólo respecto al demandado principal..

Una pregunta. ¿porque no podes notificar a la demandada?
 #277451  por catulo
 
La notificación se me hace imposible porque el tipo es un fantasma, no tiene domicilio propio ni residencia habitual, ademas de que no esta registrado ni en AFIP ni en ANSES. Todas las cédulas vienen rebotadas....
También me comentaron que debia saber la postura del juez para admitir el desistimiento y continuar contra la compañía, pero después seguramente pueda que me coma años de recursos y recursos....
 #277486  por agresha
 
Si el demandado no tiene domicilio conocido podés recurrir a los edictos. También podés solicitar informe a la aseguradora a fin de que acompañe póliza de donde surja el domicilio. Además, si el demandado es el titular registral del automóvil, podrás averiguar mediante informe al RNPA, y en ese caso, -que sería el más apropiado- notificar a ese domicilio. Finalmente pedir la rebeldía y continuar. Saludos.