Subo la no ta que presenté en la udai de rosario centro, para que me tomen el trámite de sdm con pagos de 55 pesos, yo había pedido turno antes me presente no me lo tomaron por la circular, así que tuve que pedir otro.Espero sirva...
Rosario 02 de diciembre de 2008.-
Sr. Director de
ANSES UDAI ROSARIO
S________/__________D.-
Dra. XXXXX, abogada, apoderada de la Sra. XXXX XXX XXXX, argentina, mayor de edad, LC. XXXXXX, me durijo a Ud. a fin de dejar constancia:
Que mi poderdante tenia paga la cuota de moratoria ley 24476 y los pagos correspondientes a servicio doméstico antes del 24 de octubre de 2008, fecha en la cual entro en vigencia la circular 53/08.
Que la solicitud de turno y su correspondiente confirmación corresponden al 05 de octubre del corriente año y la fecha asignada por ANSES para la presentación del trámite de Jubilación fue el 03 de noviembre. Día que me presenté con la documental solicitada usualmente, no obstante el trámite, pese a mi insistencia, no pudo ser ingresado porque estaba alcanzado por los efectos retroactivos de la Circular 53/08 y quedaba comprendido en un supuesto de relación de dependencia ya que fueron abonados $55 (pesos cincuenta y cinco), por mes correspondientes al periodo 01/04/2000 a 30/03/2001, y como dicho pago fue extemporáneo se debía adjuntar una serie de documental que avalare la existencia de relación laboral, la cual no poseía en ese momento.-
Que por lo expuesto ut- supra, me vi obligada a solicitar nuevamente turno el 02 de noviembre, a la espera de una normativa más clara y justa, el que fue otorgado para el día de la fecha. Hoy me encuentro con que los efectos Retroactivos de la mencionada disposición no alcanzan a los trámites iniciados y turnos solicitados antes del 24 de octubre de 2008 por disposición de una nueva resolución.
Por todo ello y atento a la particularidad en la que se dieron los hechos solicito se le dé curso al trámite de Jubilación de la Sra. XXXX XXXX XXXX, pues ella se encuentra sumamente perjudicada por la resolución, nunca se desempeñó como doméstica en un solo domicilio y bajo las órdenes de un solo dador, y hoy la jubilación le representaría un único ingreso, ya que esta recientemente enviudó, tornándose la misma una imperiosa necesidad ya que no cuenta con ningún otro recurso y al que hubiera tenido acceso a no ser por los efectos retroactivos de la Circular.-
Sin más y a la espera de respuesta favorable saludo atentamente.-