Buenas, una señora nacionalizada en el año ´89 pero cuyo hijo nació acá hace 35 años sólo necesita partida de nacimiento del mismo para probar su residencia y así le den los tiempos para hacerle la jubilación? Gracias...
No probaste con enviarla al Ministerio del Interior y que le den el certificado de Ingreso al pais? Con ese certificado acreditas la entrada y cuando inicias te cambian los datos del ADP.
En el caso de una mujer que entraba y salia del pais pero que tiene nacionalizacion en el 84 ¿que fecha se toma? ¿la que ingreso por primera vez o la de nacionalizacion?
hola abogadaenlinea, ya me dejaron en claro en otro post q el hecho d estar nacionalizada no tiene ningún tipo d relevancia para obtener la jubi, sigue siendo extranjera en el trato.
Exacto mi papa es español (nunca se nacionalizo) y se jubilo lo mas bien en "autonomos"...presento el DNI extranjero y cedula (por q tenia aportes bajo los 2 documentos,dado q cuando llego al pais lo primero q saco fue la cedula y en la decada de los 90 saco el DNI para extranjeros)inicio los tramites y listo no le pidieron nada mas...