Andrea Passodomo escribió:norma_alfamar escribió:KARINAM900 escribió:Hola foristas soy nueva, y quisiera plantear un tema nuevo. Tengo una pension para iniciar, el señor tiene 16 años de aportes pero no tiene regularidad porque el último es en 1995 y falleción en 11/2007. Pero cobró plan de Jefe del Hogar desde el 2000 aproximadamente cinco años, obvio que esto no tiene aportes, pero tienen algún modelo o caso en que lo hayan utilizado para regularidad ES URGENTE ESTOY PERDIDA NO SE SI COMPRAR SMD PARA REGULARIDAD PERO ES HOMBRE Y CON LA NUEVA CIRCULAR ESTOY CONFUNDIDA. SI ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR AGRADEZCO
A MI ENTENDER LOS PLANES JEFES Y JEFAS NO TE SIRVEN PARA LA REGULARIDAD NI COMO AÑOS DE SERVICIOS.-
TENES QUE COMPRAR LA REGULARIDAD
NORMA
Definitivamente comparto la opinion de mi amiga normita . No sirve para la regularidad. Te sirven , las licencias de reserva de puesto, incluso si fue al serv militar, te sirve el subsidio por desempleo, pero el plan de jefes y jefas no tiene aportes ni siquiera obra social ( lo cual, esto ultimo si que es delicado porque los excluidos del sistema siguen estando excluidos del sistema de salud )
En cuanto a comprar OJO con SDM , lee la circular 53/08 y aclaratoria.
Conviene q pague monotributo minimo 18 meses y luego lo ingresas , siempre va a existir el riesgo que lo tomen como ingreso con discapacidad y no te den el beneficio pero si lo advertis, la decision queda en manos de la persona que pagara y luego hara el tramite.
Asesorar bien y con cautela, te exonera de responsabildiades.
en finnn. besos a todos sin exclusion y con absoluta inclusion. andre.-
HABRIA QUE PREGUNTAR EN ANSES PORQUE EN EL CASO DE LOS QUE COBRARON DESEMPLEO
QUE NO TIENEN NINGUN TIPO DE DESCUENTO , SIRVEN PARA EL COMPUTO, PRESENTANDO
LOS COMPROBANTES DE PAGOS, POR QUE ESTOS PAGOS NO FIGURAN EN SIJIP
EN CUANTO A LO QUE ACONSEJAN DE PAGAR POR MONOTRIBUTO 18 MESES , NO VA A CAMINAR
PORQUE LOS PAGOS, TIENEN QUE SER EN TIEMPO Y FORMA , SOLO LO PAGOS DE $ 55 EN FORMA EXTEMPORANEA TE LO TOMAN, PERO TENES QUE JUSTIFICAR EMPLEADOR DE ACUERDO A LA ACLARATORIA DE LA CIRCULAR 53/08