Hola a todos:
Una pregunta porque creo haberlo leído en alguna parte de este foro pero no lo encuentro.
Para realizar una pensión directa, sabiendo que la fallecida no reune los requisitos de regularidad que establece la Ley 24.241 se puede aportar bajo el servicio domestico los $ 55 y que un empleador le extienda la certificación de servicios y remuneraciones por ese período, recuerden que el pago de los $ 55 mas los interesas resarcitorios se pagaran en la fecha. Alguien ingreso algún expediente así en anses y se lo tomaron y se lo acordaron. Espero vuestros comentarios al respecto. Atte. Dario
Una pregunta porque creo haberlo leído en alguna parte de este foro pero no lo encuentro.
Para realizar una pensión directa, sabiendo que la fallecida no reune los requisitos de regularidad que establece la Ley 24.241 se puede aportar bajo el servicio domestico los $ 55 y que un empleador le extienda la certificación de servicios y remuneraciones por ese período, recuerden que el pago de los $ 55 mas los interesas resarcitorios se pagaran en la fecha. Alguien ingreso algún expediente así en anses y se lo tomaron y se lo acordaron. Espero vuestros comentarios al respecto. Atte. Dario
