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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #266220  por DRA.SIL
 
Hola chicos tengo un caso de jubilación de una sra. Paraguaya nacida 12/8/1928,ingresó al país el 03/12/1948 fecha que figura en el DNI como también de radicación.-
Tiene a la fecha 80 años,y 3meses
Exceso de edad: 20años y 3meses= art.19- 10años 2meses
deuda a comprar 19años y 10meses

SITUACION DE REVISTA
01/55-12/74

BENEFICIO
01/68 A 12/74

Me corrigen por favor este sicam???
Estoy haciendo bien estos calculos para la jubilación,teniendo en cuenta que es extranjera,o debo hacer sicam desde el ingreso al país y no desde los 18años como regularmente se hace??habría alguna otra cosa que esté faltando o estan bien los periodos calculados???
Gracias,disculpen las molestias y saludos.-
 #266230  por guadalupelp
 
Hola para el caso de los extranjeros debes tomar como punto de inicio para calcular los 30 años su fecha de ingreso al pais y no los 18 años. Porque los 30 los va a computar como trabajados en nuestro pais. besos.-