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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #261185  por fabidoc
 
Mi duda es si a tenor de las nuevas normas se puede comprar regularidad (l8 o 30 meses) para lograr beneficios de pensión en caso de no poder hacer otra cosa (ni moratoria, ni dictamen Esparza). Lo están haciendo? Deben estar todos ya haciendo noni. Bueno si luego me contestan.Gracias!!
 #261351  por fabidoc
 
Mi duda es que?? le hago pagar a la viuda (que tiene que pedirle a toda la parentela porque ella no tiene dinero).Los 55 o los 43? porque si luego me piden pruebas por los 55 estamos fritos!!Gracias si alguien, que lo ha experimentado el caso en estos días puede contestarme.Gracias
 #262033  por addri
 
hola fabi,
es pension por fallecimiento? si era autonomo, hacele la moratoria por 30 años, y le descuentan a la viuda.
 #262093  por norma_alfamar
 
fabidoc escribió:Mi duda es que?? le hago pagar a la viuda (que tiene que pedirle a toda la parentela porque ella no tiene dinero).Los 55 o los 43? porque si luego me piden pruebas por los 55 estamos fritos!!Gracias si alguien, que lo ha experimentado el caso en estos días puede contestarme.Gracias
SEGUN ME DIJO EN MAR DEL PLATA UDAI SUR EL JEFE DE COMPUTOS, PARA LA REGULARIDAD SOLO $ 55.- $ 59 O $ 72.- CON PRUEBAS, PORQUE EL CRITERIO ES QUE ASI ERA EMPLEADO BAJO RELACION DE DEPENDENCIA, ENTONCES NO TIENE PORQUE PAGAR LAS CULPAS DE LA IRRESPONSABILIDAD DE NO PAGAR EN TERMINO LA VIUDA.-
CON $ 20 + $ 23 COMO LO CONSIDERAN TRABAJADOR INDEPENDIENTE, SI NO PAGASTE EN TERMINO ES POR CULPA DEL FALLECIDO, ASI QUE LA VIUDA TIENE QUE CARGAR CON LAS CONSECUENCIAS DE LA NEGLIGENCIA.-
POR ESO, SI ESTA INSCRIPTO EN AUTONOMOS Y TIENE ALGUNOS APORTES, YO USARIA LO QUE TIENE Y COMPLETARIA LOS 30 CON MORATORIA.-
NORMA
 #262607  por rachelcba
 
Hola: En Cordoba tienen el mismo criterio que en Mar del Plata, y con el mismo fundamento. Saludos!!!
 #262743  por fabidoc
 
Muchas gracias por la colaboración, pero son casos en los cuales no hay inscripción en autónomos y se supone que la circ 53 te habilita a comprar la regularidad (18 meses). El tema es como!!!.Voy a consultar donde yo inicio, luego les cuento.
 #262900  por SilviaSL
 
SEGUN ME DIJO EN MAR DEL PLATA UDAI SUR EL JEFE DE COMPUTOS, PARA LA REGULARIDAD SOLO $ 55.- $ 59 O $ 72.- CON PRUEBAS, PORQUE EL CRITERIO ES QUE ASI ERA EMPLEADO BAJO RELACION DE DEPENDENCIA, ENTONCES NO TIENE PORQUE PAGAR LAS CULPAS DE LA IRRESPONSABILIDAD DE NO PAGAR EN TERMINO LA VIUDA.-
CON $ 20 + $ 23 COMO LO CONSIDERAN TRABAJADOR INDEPENDIENTE, SI NO PAGASTE EN TERMINO ES POR CULPA DEL FALLECIDO, ASI QUE LA VIUDA TIENE QUE CARGAR CON LAS CONSECUENCIAS DE LA NEGLIGENCIA.-
POR ESO, SI ESTA INSCRIPTO EN AUTONOMOS Y TIENE ALGUNOS APORTES, YO USARIA LO QUE TIENE Y COMPLETARIA LOS 30 CON MORATORIA.-
NORMA[/quote]

Perdonen mi ignorancia. Yo se que es un tema muy conversado pero no lo tengo claro.
Causante falleció 50 años. De acuerdo a la vida laboral (caso Esparza) necesito 23 años aportes, pero no me alcanza la moratoria (1/76 cumplió 18). Tiene algunos aportes autónomos posteriores a 9/93 pero no me alcanza. Puedo completarlos con Servicio doméstico de contado? Nunca estuvo en servicio doméstico sino autónomos (activ. 297).
1) Si utilizo caso Esparza puedo completar lo que me falta con SDM.?
2) Si es posible como pago? $ 20 con el 102 + $ 23 con el 575 (voluntario), además de los intereses (esto por 16 hs. de trabajo).
3) Como pago los intereses? Con que formulario y como los calculo?
Gracias. Silvia
 #262911  por SilviaSL
 
perdon de nuevo, Si pago de esa forma debo presentar pruebas?
Gracias
Silvia :oops:
 #262918  por norma_alfamar
 
SilviaSL escribió:perdon de nuevo, Si pago de esa forma debo presentar pruebas?
Gracias
Silvia :oops:
RECIBOS DE SUELDOS Y DOS TESTIGOS-
TENDRIAS QUE CONSEGUIR UN VOLUNTARIO COMO EMPLEADOR O PONER UN FALLECIDO, POR SUPUESTO QUE HAYA FALLECIDO CON POSTERIORIDAD AL PERIODO QUE PAGASTE.-
PORQUE EL PROBLEMA AHI ES, QUE TENES QUE DENUNCIAR EMPLEADOR, PORQUE SI PAGAS SIN INTERESES, Y AFIP LE QUIERE RECLAMAR A ALGUIEN LOS INTERESES, VAN A IR SOBRE EL QUE FIGURE COMO EMPLEADOR.-
LO IDEAL PARA QUE ALGUIEN TE SALGA DE EMPLEADOR ES PAGAR CON LOS INTERESES, ENTONCES NO HABRIA NINGUN PROBLEMA, PERO EL TEMA ES QUE NO SE A CUANTO SE TE VAN LOS MONTOS, DEPENDE EL PERIODO QUE COMPRES.-
NORMA
 #262953  por SilviaSL
 
No seria mejor que pague como trabajador independiente? Pues entonces no deberia presentar pruebas...no?
Se paga con los mismos formularios?
Silvia
 #262963  por rachelcba
 
Hola Silvia: Los pagos como independiente te exigen que sean hechos en tiempo y forma cuando necesitás la regularidad, en cambio si los podés pagar todo junto cuando es para completar los 30 años. Saludos !!!