Hola queridos colegas: Se trata de un caso de legitimacion para el cobro de un seguro de vida. El asegurado se encontraba en concubinato con una señora quien reclama el cobro, sin haberse divorciado de su anterior matrimonio (del cual tuvo hijos). El asegurado nunca especifico los beneficiarios, por lo que yo creo que solo los herederos (la primer esposa y los hijos) tendrian derecho al cobro y no la concubina. ¿O acaso puede hacerse algo al respecto, como acreditar la convivencia? Opino que, no habiéndose designado beneficiarios en la póliza, la conviviente no puede hacer nada, pero me gustaría ver otras posturas y posibles soluciones.