Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • COMO PAGO LOS INTERESES DE LAS CUOTAS ?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #260015  por DANIELSEU
 
HOLA, BUENOS DIAS:

QUISIERA SABER COMO PAGAR LOS INTERESES DE LAS CUOTAS PAGADAS FUERA DE TERMINO. A MI CLIENTE LE SUSPENDIERON EL PAGO, YA QUE TENIA CUOTAS CON MONTO SUPERIOR A 360. PAGO TODAS LAS CUOTAS VENCIDAS, PERO ME RECLAMAN LOS INTERESES. ALGUIEN SABE LOS CODIGOS Y EL FORMULARIO PARA PAGAR LOS INTERESES??? DESDE YA MUCHAS GRACIAS
 #260032  por Nieves
 
NO ES QUE AHORA LOS MONTOS DE LAS CUOTAS SON MAYORES Y SE LAS DESCUENTAN DIRECTAMENTE??????
TENÍA ENTENDIDO QUE HASTA 600$ DE MONTO DE CUOTA SE LA DEBITAN AUTOMÁTICAMENTE O NO??? :roll:
 #260033  por DANIELSEU
 
LOS INTERESES SON DE LAS CUOTAS VENCIDAS, NO DE LOS PERIODOS DE AUTONOMO O MONOTRIBUTO. A MI CLIENTE LE SUSPENDIERON ANTES DE ENTRAR EN VIGENCIA LA CIRCULAR DE LAS CUOTAS MENORES A $ 600...
 #260038  por Nieves
 
Ah!!! me parecía porque no interpretaba tu pregunta. De paso te acordás el número de resolución o circular de anses para aceptar que se descuenten directamente las cuotas que son de más de 360 y es hasta 600,no??
Saluditos :P
 #260057  por DANIELSEU
 
CIRCULAR GP Nº 50/08

CIRCULAR GP Nº 50/08 : DESCUENTO CUOTAS PENDIENTES DE CANCELACIÓN DEL REGIMEN DE REGULARIZACION VOLUNTARIA RESOLUCIÓN CONJUNTA Nº 2481/08 AFIP - 675/08 ANSES
COMPLEMENTA A LAS CIRCULARES GP Nº 22/06 Y 48/06
La Gerencia Previsional informa que ante la presentación de titulares de beneficio previsional con moratoria cuya cuota sea superior a $ 360.- y menor o igual a $ 600.-, acordado en los términos de la Ley N° 24.476 o por Articulo 6° de Ley N° 25.994, solicitando que esta Administración proceda al descuento, de su haber jubilatorio, de las cuotas pendientes de cancelación atento haber tomado conocimiento de lo dispuesto en la Resolución Conjunta N° 2481 AFIP y 675/2008 ANSES que en su parte pertinente reemplaza la expresión “PESOS TRESCIENTOS SESENTA ($360.-)”, por la expresión “PESOS SEISCIENTOS ($ 600.-)”, se deberá proceder según el siguiente detalle:
1) Constatar en SICAM que las cuotas, cuyo vencimiento haya operado a la presentación de la solicitud de descuento, se encuentren abonadas.
2) Constatado lo mencionado precedentemente y de resultar procedente la petición, se solicitará al titular del beneficio la cumplimentación del formulario PS 6.278 o PS 6.279 según corresponda.
3) Establecido el mensual en que se ingresará la novedad, se informará al peticionante, en forma fehaciente, que debe abonar las cuotas vencidas hasta el mensual anterior al ingreso de la novedad.
4) Ingresar el descuento a través del sistema LMN de la siguiente forma:
Tipo de Concepto Código de
Concepto Importe total de Deuda Cantidad de Cuotas
3 Debe ingresar el código que corresponda de acuerdo al plan por el que haya optado el beneficiario, a saber:
300-200-Ley 25.865
300-201-Ley 25.994
300-202-Ley 24.476 Resulta de multiplicar el valor mensual de la cuota por la cantidad de cuotas remanentes desde el mensual a partir de que se ingresa el descuento hasta la finalización del plan Total de cuotas remanentes calculadas desde el mensual a partir del cual se ingresa el descuento hasta la finalización del plan