Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Nota para adjuntar con el 102

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #258784  por marul007
 
Poner juan perez en el 102 y cuit y domicilio y lo demas cualqueiera

y adjuntar nota aclaratoria al expediente



".. por la presente dejo constancia que me desempeñe en esas fechas para el sr. juan perez y q me abono lo que figura en los recibos de sueldo del ..102.., dando fe unicamente de esos datos, debido a que el mismo fue confeccionado por juan perez, no constandome si es su cuit o no ni si ese es el domicilio donde realmente trabaje ya q en virtud de los años transcurridos no lo recuerdo.
Asismismo declaro q trabaje para el pero nunca mas de 3 dias en la semana, por lo cual no hubo relacion laboral conforme el decreto 326/56 art 1, que exige que un minimo de 4 dias semanales,en virtud de lo cual no debe exigirseme que pruebe la misma ya que no encuadra en el inc a) de la circ. 53/08 q se refiere a trabajadores del servicio domestico en relacion de dependencia.

A la espera se me otorge prontamente el beneficio q me corresponde por cumplir con la edad y los aportes requeridos.

Saludo Atte.

que les parece?
 #258793  por lurotermas
 
ME PARECE MUY BUENA TU IDEA. Y COMO EXPRESE EN OTRO POST PODES DENUNCIAR QUE TRABAJASTE PARA TAL PERSONA DE MANERA REAL, COMO EMPLEADAS DOMESTICAS Y NUNCA LE HICIERON UN APORTE. EJ MI MADRE QUE TRABAJO DESDE LOS 20 AÑOS HASTA LOS 26 AÑOS Y PERDIO ESOS AÑOS DE APORTES, Y SI AHORA ELLA QUIERE QUE LE RECONOSCAN APORTES CON SDM TIENE QUE DECLARAR DADOR DE TRABAJO. SI FUERA POR MI LO HAGO. Y HACI MUCHOS CASOS SIMILARES.
 #258798  por marul007
 
claro aca declaras cualquiera re trucho pero q mas da si vos no tenes q probarlo por q no encaja en el inc a del 53/08 q habla de relacion de dependencia
 #258818  por marul007
 
por la presente dejo constancia que me desempeñe en esas fechas para el sr. juan perez y q me abono lo que figura en los recibos de sueldo del ..102.., dando fe unicamente de esos datos, debido a que el mismo fue confeccionado por juan perez, no constandome si es su cuit o no ni si ese es el domicilio donde realmente trabaje ya q en virtud de los años transcurridos no lo recuerdo.
Asismismo declaro q trabaje para el mas de 16hs por semana, pero nunca mas de 3 dias en la semana, por lo cual no hubo relacion laboral conforme el decreto 326/56 art 1, que exige que un minimo de 4 dias semanales,en virtud de lo cual no debe exigirseme que pruebe la misma ya que no encuadra en el inc a) de la circ. 53/08 q se refiere a trabajadores del servicio domestico en relacion de dependencia.

A la espera se me otorge prontamente el beneficio q me corresponde por cumplir con la edad y los aportes requeridos.

Saludo Atte.


agregue lo q esta en negrita para dar fe de las 16hs...por eso los 55 q me aporto..
 #258925  por maximilianf
 
EN LA UDAI DE OBERA MISIONES ME DIJERON QUE PRESENTE UNA DECLARACION JURADA POR EL SUPUESTO EMPLEADOR Y LOS TIKETS DE PAGO RELLENADOS Y FIRMADOS. ESPERO QUE PROSPERE....
 #259249  por angelica
 
tengo turno el lunes 03/11 con SDM 10 meses, voy a presentar tickets, 2 testigos y nota con modelo de marul
el lunes por la tarde les comento. Tramito en Udai Paraná Entre Ríos-
 #259446  por angelica
 
03/11/2008
Sr. Jefe UDAI
ANSES
S / D

De mi consideración:
Por la presente dejo constancia que me desempeñé realizando tareas de limpieza para varias personas en la ciudad de , durante los períodos inclusive, no conservando recibos de los pagos obtenidos como retribución a las tareas realizadas para cada uno de los dadores de trabajo.
Así mismo declaro que trabajé para cada uno de ellos, nunca más de 3 (tres) días en la semana, por lo cual no hubo relación laboral conforme el decreto 326/56 art 1, que exige un mínimo de 4 (cuatro) días de trabajo semanales para cada uno, en virtud de lo cual no debe exigírseme que pruebe las mismas ya que no queda encuadrada en el inc a) de la Circ. GP 53/08 que se refiere a trabajadores del servicio doméstico en relación de dependencia.
En virtud de ello, se deberían tener por probados mis aportes que surgen acreditados en el SIJP según Res. 980/2005 y 524/2008, evitando así la situación discriminatoria que los aportes del personal doméstico sean requeridos con pruebas que a otros trabajadores no se les piden, pues basta con que figuren en registros de Anses o en SICAM, respetando así la igualdad de oportunidades, la igualdad de acceso a los beneficios previsionales y la igualdad de los trabajadores ante la ley.
En cuanto a la forma como realicé los aportes extemporáneamente, depositando $ 55,00 a través del F. 102, la Afip, en sus instructivos establece expresamente que la persona que trabaja para varios dadores de trabajo puede sumar y realizar sus aportes mediante un solo formulario F.102 depositando el importe máximo vigente, que para los períodos declarados, inclusive, era de $ 55,00 ( pesos cincuenta y cinco).
Solicito además, se tenga en cuenta que al momento de enviar por web el SICAM, de depositar los aportes a través del F.102 y de solicitar el turno para la solicitud del beneficio ante esta UDAI, se encontraban plenamente vigentes las Res. 980/2005 y 524/2008.
Quedo a la espera se me otorgue prontamente el beneficio que me corresponde por cumplir con la edad y los aportes requeridos.
Sin otro particular, saludo atentamente.
 #259760  por Selma
 
angelica escribió:03/11/2008
Sr. Jefe UDAI
ANSES
S / D

De mi consideración:
Por la presente dejo constancia que me desempeñé realizando tareas de limpieza para varias personas en la ciudad de , durante los períodos inclusive, no conservando recibos de los pagos obtenidos como retribución a las tareas realizadas para cada uno de los dadores de trabajo.
Así mismo declaro que trabajé para cada uno de ellos, nunca más de 3 (tres) días en la semana, por lo cual no hubo relación laboral conforme el decreto 326/56 art 1, que exige un mínimo de 4 (cuatro) días de trabajo semanales para cada uno, en virtud de lo cual no debe exigírseme que pruebe las mismas ya que no queda encuadrada en el inc a) de la Circ. GP 53/08 que se refiere a trabajadores del servicio doméstico en relación de dependencia.
En virtud de ello, se deberían tener por probados mis aportes que surgen acreditados en el SIJP según Res. 980/2005 y 524/2008, evitando así la situación discriminatoria que los aportes del personal doméstico sean requeridos con pruebas que a otros trabajadores no se les piden, pues basta con que figuren en registros de Anses o en SICAM, respetando así la igualdad de oportunidades, la igualdad de acceso a los beneficios previsionales y la igualdad de los trabajadores ante la ley.
En cuanto a la forma como realicé los aportes extemporáneamente, depositando $ 55,00 a través del F. 102, la Afip, en sus instructivos establece expresamente que la persona que trabaja para varios dadores de trabajo puede sumar y realizar sus aportes mediante un solo formulario F.102 depositando el importe máximo vigente, que para los períodos declarados, inclusive, era de $ 55,00 ( pesos cincuenta y cinco).
Solicito además, se tenga en cuenta que al momento de enviar por web el SICAM, de depositar los aportes a través del F.102 y de solicitar el turno para la solicitud del beneficio ante esta UDAI, se encontraban plenamente vigentes las Res. 980/2005 y 524/2008.
Quedo a la espera se me otorgue prontamente el beneficio que me corresponde por cumplir con la edad y los aportes requeridos.
Sin otro particular, saludo atentamente.
Angelica: te doy mi opinion con respecto a tu nota: LA RESOL.980 (no vigente) fue reemplazada por la 524...
Si decis que "NO HUBO RELACION DE DEPENDENCIA"...despues no podes invocar la 524 que es para probar servicios "EN RELACION DE DEPENDENCIA"
 #259770  por angelica
 
hola Selma, tenés razón...
modificada quedaría así:

03/11/2008
Sr. Jefe UDAI
ANSES
S / D

De mi consideración:
Por la presente dejo constancia que me desempeñé realizando tareas de limpieza para varias personas en la ciudad de , durante los períodos inclusive, no conservando recibos de los pagos obtenidos como retribución a las tareas realizadas para cada uno de los dadores de trabajo.
Así mismo declaro que trabajé para cada uno de ellos, nunca más de 3 (tres) días en la semana, por lo cual no hubo relación laboral conforme el decreto 326/56 art 1, que exige un mínimo de 4 (cuatro) días de trabajo semanales para cada uno, en virtud de lo cual no debe exigírseme que pruebe las mismas ya que no queda encuadrada en el inc a) de la Circ. GP 53/08 que se refiere a trabajadores del servicio doméstico en relación de dependencia.
En virtud de ello, se deberían tener por probados mis aportes que surgen acreditados en el SIJP según Res. 524/2008, evitando así la situación discriminatoria que los aportes del personal doméstico sean requeridos con pruebas que a otros trabajadores no se les piden, pues basta con que figuren en registros de Anses o en SICAM, respetando así la igualdad de oportunidades, la igualdad de acceso a los beneficios previsionales y la igualdad de los trabajadores ante la ley.
En cuanto a la forma como realicé los aportes extemporáneamente, depositando $ 55,00 a través del F. 102, la Afip, en sus instructivos establece expresamente que la persona que trabaja para varios dadores de trabajo puede sumar y realizar sus aportes mediante un solo formulario F.102 depositando el importe máximo vigente, que para los períodos declarados, inclusive, era de $ 55,00 ( pesos cincuenta y cinco).
Solicito además, se tenga en cuenta que al momento de enviar por web el SICAM, de depositar los aportes a través del F.102 y de solicitar el turno para la solicitud del beneficio ante esta UDAI, se encontraba plenamente vigente la Res. 524/2008.
Quedo a la espera se me otorgue prontamente el beneficio que me corresponde por cumplir con la edad y los aportes requeridos.
Sin otro particular, saludo atentamente.

qué te aprece?????
 #259771  por angelica
 
me olvidé....debe desaparecer la 524 también
quedaría entonces

De mi consideración:
Por la presente dejo constancia que me desempeñé realizando tareas de limpieza para varias personas en la ciudad de , durante los períodos inclusive, no conservando recibos de los pagos obtenidos como retribución a las tareas realizadas para cada uno de los dadores de trabajo.
Así mismo declaro que trabajé para cada uno de ellos, nunca más de 3 (tres) días en la semana, por lo cual no hubo relación laboral conforme el decreto 326/56 art 1, que exige un mínimo de 4 (cuatro) días de trabajo semanales para cada uno, en virtud de lo cual no debe exigírseme que pruebe las mismas ya que no queda encuadrada en el inc a) de la Circ. GP 53/08 que se refiere a trabajadores del servicio doméstico en relación de dependencia.
En virtud de ello, se deberían tener por probados mis aportes que surgen acreditados en el SIJP, evitando así la situación discriminatoria que los aportes del personal doméstico sean requeridos con pruebas que a otros trabajadores no se les piden, pues basta con que figuren en registros de Anses o en SICAM, respetando así la igualdad de oportunidades, la igualdad de acceso a los beneficios previsionales y la igualdad de los trabajadores ante la ley.
En cuanto a la forma como realicé los aportes extemporáneamente, depositando $ 55,00 a través del F. 102, la Afip, en sus instructivos establece expresamente que la persona que trabaja para varios dadores de trabajo puede sumar y realizar sus aportes mediante un solo formulario F.102 depositando el importe máximo vigente, que para los períodos declarados, inclusive, era de $ 55,00 ( pesos cincuenta y cinco).
Solicito además, se tenga en cuenta que al momento de enviar por web el SICAM, de depositar los aportes a través del F.102 y de solicitar el turno para la solicitud del beneficio ante esta UDAI, no se exigía prueba alguna en relación a los aportes realizados como SDM, sólo que figuraran en el SIJP.
Quedo a la espera se me otorgue prontamente el beneficio que me corresponde por cumplir con la edad y los aportes requeridos.
Sin otro particular, saludo atentamente.
 #259843  por marul007
 
me parece muy buena la nota

habria q ver si ahi los toman

no tendria x q requerir nada mas

y ese de que no lo tomen sin tickets y el 102 es una locura por q la misma circ ya dispone q en el caso q no se tengan pide informes dsp a una gerencia.. q leen solo una parte??
 #259930  por angelica
 
hola, le agregé algo más, en cuanto a los fundamentos para realizar los pagos en un solo F.102

Sra. Jefa UDAI
ANSES S / D

De mi consideración:
Por la presente dejo constancia que me desempeñé realizando tareas de limpieza para varios dadores de trabajo en la ciudad de .........., provincia de ........, durante los períodos 01/03/2001 hasta 31/12/2001 inclusive, no conservando recibos de los pagos obtenidos como retribución a las tareas realizadas para cada uno de ellos.
Declaro asimismo que trabajé para cada uno de ellos nunca más de 3 (tres) días en la semana, por lo cual no hubo relación laboral conforme el decreto 326/56 art 1, que exige un mínimo de 4 (cuatro) días de trabajo semanales para cada uno, en virtud de lo cual no debe exigírseme que pruebe las mismas ya que no queda encuadrada en el inc a) de la Circ. GP 53/08 que se refiere a trabajadores del servicio doméstico en relación de dependencia. No poseo libreta de trabajo ni certificación de servicios por no haber existido relación de dependencia alguna.
En virtud de ello, se deberían tener por probados mis aportes que surgen acreditados en el SIJP, evitando así la situación discriminatoria que los aportes del personal doméstico sean requeridos con pruebas que a otros trabajadores no se les piden, pues basta con que figuren en registros de ANSES o en SICAM, respetando así la igualdad de oportunidades, la igualdad de acceso a los beneficios previsionales y la igualdad de los trabajadores ante la ley.
En cuanto a la forma como realicé los aportes extemporáneamente, la RG de AFIP 2055/2006 y modificatorias en sus instructivos del Servicio Doméstico Monotributo (SDM) establece expresamente que la persona que trabaja para varios dadores de trabajo puede sumar los montos de aportes y contribuciones de cada lugar y, mediante un solo formulario F.102, depositar el importe máximo vigente, que para los períodos declarados, 01/03/2001 a 31/12/2001 inclusive, era de $ 55,00 ( pesos cincuenta y cinco).
Quedo a la espera se me otorgue prontamente el beneficio que me corresponde por cumplir con la edad y los aportes requeridos.
Sin otro particular, saludo atentamente.