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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #259015  por griseldabeatriz
 
Hola amigos quisiera que me aclaren el panorama porque se me hizo un matete tengo una pension directa donde el causante registra aportes en dependencia antes de 07/94 nueve años y 9 meses escalonados del 70 al 01/82 inclusive, luego tiene inscripcion en autonomos del 07/69 hasta el 02/2007 y fallece el 15/9/2008.-

No registra ningun pago en autonomos, tiene cargado el numero de cuenta y yo le hice pagar con intereses el 02/2007 a la viuda porque sino no podia completar los treinta años

Arme el sicam 1 con la situación de revista origianl y prescribi por ley 14236 hasta 10/98 luego aplique 25321 hasta 01/2007, queria saber si esta bien armada ya que me entra la duda con la nueva circular 40/08 si en realidad no tengo que aplicar el decreto 526/95.-

Por otro lado aplique art 3 24476 desde 10/92 hasta 09/93

los años que me faltan los compro por sicam 2 con situacion de revista ampliada del 11/63 al 10/1967

espero sus opiniones.-
 #259056  por rachelcba
 
Hola: Te cuento mi experiencia: cuando he tenido que completar 30 años para las pens. directas, no utilicé la presc. de la 14.236 xq me dijeron que no correspondía, a todo le apliqué el art. 1 de la 25.321, y me salieron acordadas. Esperá otras opiniones. Saludos !!!!
 #259523  por naty01
 
si tenes treinta años, lo manejas como una jubi comun, con art.1, no prescripcion y dj segun el cese. tambien podes incluir exceso de edad si corresponde.
naty