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  • solucion sdm 55 y 20$ 53/08

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #255631  por marul007
 
buscando solucion
A ver que les parece presentar asi
Se aceptan correcciones y pido lo analizen y en su caso ante esto q argumento utilizarian para rechazar, ya que en ambos casos ya estarian en sus cuentas los aportes....y reunirian los requisitos--...
Tratando siempre de no declara empleador ya que cargara con el fardo dsp y ademas que recibos daria, q fechas pondria...en recibo de sueldo si pago ahora.., que empleador daria esos recibos..?
Por que cargar a la trabajadora con esa prueba q el estado no exigio o exigio al empleador..
Fijense como se podria mejorar
Eso si el que pago 20 y no tiene mas plata lo sonaron...
Habria q presentar esto sin el punto de q pago los 35.. y ver dsp rezar
Se complica con las q hay q presentar ya de 20 q ya pagaron y hay turno..como van sin mas plata para pagar los 35..
Opiniones para mejorar q hagan al fondo del texto, ir con la persona y los testigos y que firmen en anses certificando firma


_______sdm 55_______________________
ANSES
DELEGACIO...BLA
S/D


REF: Expte 55555555
Sdm55$ Juana perez


Atento lo solicitado por circular N°53/08:
I) presento comprobantes de pago que obran en mi poder correspondientes a los meses ...4/2000 a 5/2002.... en el cual figura un importe de 55$ por mes.
II) En cuanto a por quienes fueron abonados los mismo, manifiesto que lo desconozco en virtud de que me fueron entregados en forma anonima, con la sola mencion que me los hacia por que no los abono en su momento, ademas declaro que en mi vida laboral eh trabajado como empleada domestica en muchos hogares en algunos mas de 16 hs semanales y en otros menos, para varios empleadores y en distintos domicilios, que a raiz de mi edad y los años transcurridos, no recuerdo sus nombres y datos, y desconozco cual de ellos pueda haber realizado estos pagos,y que solo recuerdo el nombre de una sr. ...gomez susana.. quien fue una de las varias para las cuales me desempeñe en dichos años como empleada domestica mas de 16 hs semanales.
III) Que carezco de recibos ya que en virtud de mi situacion economica me veia obligada a trabajar aunque no me entregaran los mismos pese a abonarme sueldos por mi labores.
IV) Que constando que los aportes que me han realizado en el SIJP, y que reuno la edad y los años requeridos por ley, solicito se me otorgue la prestacion solicitada a la brevedad en virtud del tiempo transcurrido y el carácter alimentario de la misma, no dejando de remacar que al momento de mi solicitud se me informo que regia probatoria según resolucion N°524/08 por la cual no se me exigia ninguna de esta prueba, y por tener registrados mis aportes se debian tener por acreditados, por lo que no obstante presentar estos recibos, mi exposicion y los testigos abajo señalados, solicito se me aplique aquella probatoria.
V) Expreso tambien que la ley 25239 en su Art. 8 manifiesta que :” Instrúyese a la ADMlNISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, organismo autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a fin de que instrumente un sistema simplificado de pago de los aportes y contribuciones previstos en la presente, que le permita al dador de trabajo efectuar el mismo con la sola identificación de la Clave Unica de Identificación Laboral (CUIL) del trabajador, la indicación de la suma fija a ingresar y con la mayor disponibilidad de lugares de pago que sea posible.” Por lo se desprende, que colocar ahora a mi cargo identificar cual de ellos fue el que me abono los aportes, en vista de que no se le exigen sus datos al hacerlo, me hace la tarea practicamente imposible, teniendo en cuenta que deberia recordar situaciones acontecidas hace aprox. 8 años atras. No obstante, en caso de que lo adjuntando y expresado no resulte suficiente, solicito se me comunique a fin de buscar la forma de contratar a alguien para que realice alguna tarea investigativa a fin de determinar, si es que hay forma, cual de mi empleadores fue el que realizo dichos depositos.
VI) Que firman abajo como constancia la Sra. Xxxxxxxxxx DNI: 5555555 con domicilio en cale xxxxxx N° xxxxxxxx de la ciudad de XXXXXXXXXX y la Sra. Xxxxxxxxxx DNI: 5555555 con domicilio en cale xxxxxx N° xxxxxxxx de la ciudad de XXXXXXXXXX, que declaran que me conocen hace mas de 10 años, que mantenemos una amistad cercana durante todo este tiempo a la actualidad y que saben y les consta que tomo lo expresado por mi en la presente es veraz.





__________xxxxx firma __firma y dni testigo! ____firma dni testigo2


______sdm 20_____________

__________xxxxx firma __firma y dni testigo! ____firma dni testigo2
ANSES
DELEGACIO...BLA
S/D


REF: Expte 55555555
Sdm20$ Juana perez


Atento lo solicitado por circular N°53/08:
VII) presento comprobantes de pago que obran en mi poder correspondientes a los meses ...4/2000 a 5/2002.... en el cual figura un importe de 20$ por mes.
VIII) En cuanto a por quienes fueron abonados los mismo, manifiesto que lo desconozco en virtud de que me fueron entregados en forma anonima, con la sola mencion que me los hacia por que no los abono en su momento, ademas declaro que en mi vida laboral eh trabajado como empleada domestica en muchos hogares en algunos mas de 16 hs semanales y en otros menos, para varios empleadores y en distintos domicilios, que a raiz de mi edad y los años transcurridos, no recuerdo sus nombres y datos, y desconozco cual de ellos pueda haber realizado estos pagos,y que solo recuerdo el nombre de una sr. ...gomez susana.. quien fue una de las varias para las cuales me desempeñe en dichos años como empleada domestica mas de 16 hs semanales.
IX) Que carezco de recibos ya que en virtud de mi situacion economica me veia obligada a trabajar aunque no me entregaran los mismos pese a abonarme sueldos por mi labores.
X) Que constando que los aportes que me han realizado en el SIJP, y que reuno la edad y los años requeridos por ley, solicito se me otorgue la prestacion solicitada a la brevedad en virtud del tiempo transcurrido y el carácter alimentario de la misma, no dejando de remacar que al momento de mi solicitud se me informo que regia probatoria según resolucion N°524/08 por la cual no se me exigia ninguna de esta prueba, y por tener registrados mis aportes se debian tener por acreditados, por lo que no obstante presentar estos recibos, mi exposicion y los testigos abajo señalados, solicito se me aplique aquella probatoria.
XI) Que no obstante aquello, en virtud de esa circular y a fin de asegurar la aceptacion de mi solicitud, presento tambien comprobantes de pago por integracion de los meses ..4/2000 a 5/2000 por 35 $ cada uno.
XII) Expreso tambien que la ley 25239 en su Art. 8 manifiesta que :” Instrúyese a la ADMlNISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, organismo autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a fin de que instrumente un sistema simplificado de pago de los aportes y contribuciones previstos en la presente, que le permita al dador de trabajo efectuar el mismo con la sola identificación de la Clave Unica de Identificación Laboral (CUIL) del trabajador, la indicación de la suma fija a ingresar y con la mayor disponibilidad de lugares de pago que sea posible.” Por lo se desprende, que colocar ahora a mi cargo identificar cual de ellos fue el que me abono los aportes, en vista de que no se le exigen sus datos al hacerlo, me hace la tarea practicamente imposible, teniendo en cuenta que deberia recordar situaciones acontecidas hace aprox. 8 años atras. No obstante, en caso de que lo adjuntando y expresado no resulte suficiente, solicito se me comunique a fin de buscar la forma de contratar a alguien para que realice alguna tarea investigativa a fin de determinar, si es que hay forma, cual de mi empleadores fue el que realizo dichos depositos.
XIII) Que firman abajo como constancia la Sra. Xxxxxxxxxx DNI: 5555555 con domicilio en cale xxxxxx N° xxxxxxxx de la ciudad de XXXXXXXXXX y la Sra. Xxxxxxxxxx DNI: 5555555 con domicilio en cale xxxxxx N° xxxxxxxx de la ciudad de XXXXXXXXXX, que declaran que me conocen hace mas de 10 años, que mantenemos una amistad cercana durante todo este tiempo a la actualidad y que saben y les consta que tomo lo expresado por mi en la presente es veraz.


__________xxxxx firma __firma y dni testigo! ____firma dni testigo2

________________
mejoremoslo opinen, aganlo llegar si conocen a alguien de legales de anses y ver que opina
si con esto presentado podria rechazar
si uds como rechazarian frente a esto y que opinan que diria la carss
 #255640  por marul007
 
presentar el 102..q sentido tiene es un simple papel..
presentar la parte del 102 q es recibo...que fecha ponen en el recibo.. si ya le pago en el 4/2000! y recien ahora le hace aportes, ---
y si ponemos la de ahora la misma q figura en el ticket ..
tendriamos q poner cuit y datos del empleador.. y todo eso
y dsp q se haga cargo
si trabajamos en realidad... q es lo q se dibuja....
la realidad seria q nos aportaria para ayudarnos sin quedar pegado osea nada de recibos el 102 la parte de arriba con los ticket... y bue pero no valen nada solo tiene los datos q se reflejan tb en ticket...
creo q tendriamos q sacarnos la carga de probar empleador y consentrarno en que si trabajo de sdm
que alguien le aporto y q si no se sabe quien fue es debido a que la afip no implemento por esa ley q puse que quede registrado el que paga.
 #255794  por marul007
 
como completar la parte de abajo del 102??! es el recibo de sueldo
q le va a dar un recibo ahora por trabajo en el año 2000..?!
o se los dio en el 2000 y recien los pago ahora...peor retubo la guita..
encima en el 2000 existia el 102...
eso del 102 no se deberia hacer
q declare juan perez como empleador y que no tiene mas datos, por q nunca le entrego recibos
presentar los ticket por q se los hizo llegar juan perez que era su empleador pero se nego a darle recibo y cuit o el domicilio
en cuanto a los domicilio en los q trabajo para juan perez en esos años de sdm fueron varios y no recuerda las direcciones ya que a pasado mucho tiempo casi o mas de 8 años...
q los testigos avalen eso y ahi no queda nadie involucrado, probo q presto servicios y la prueba fundamental es q tan los aportes...
ahora como juega anses el art 38 deja declarar serv sin aportes por q no tiene registros. y bla
y ahora q declara servicios y q estan los aportes x sdm le piden testigos y mas cosas
como denegaria si estan los aportes y la declaracion, osea
como prueba anses q esa persona nunca trabajo como empleada para nadie
x q con los aportes y la declaracion de la persona, anses deberia probar si dice q hay fraude o q los hizo ella
creo q con la simple declaracion y la existencia de los aportes, pesa sobre anses desvirtuar eso
que piensan?
arme unos modelos q habria q modificarlos ya que los hice en un horario y apurado x el tema
pero creo q este planteo de la declaracion y la existencia de los aportes se podria agregar a lo q puse e


ademas, q sucede con el tema de que la persona le hicieron aportes ahora todo junto por 20 mes
cosa q desconoce x q lo hizo el empleador
va a anses saca sijp y aparece 4/200 a 10/2002 ej SDM
pregunta y en anses le dicen x 980 y 524 si esta en sijp y aparece sdm las normas establecen que lo tengamos por probado sin pedirle mas nadaaaaa
osea para sacar el tema de q el aporte de 20 no servia
aca ese no es el punto
el punto es q le dice las empleadas de anses, nosotros y la normativa, q haga la 24476 complete q esta todo bien, aprecio sdm y no necesita mas pruebas
no entiendo a los q dicen pero bue pago no corespondia lo hizo la mujer etc
aca es un foro de abogados
asi q si se declara q los pago empleador pago empleador y listo(aunq haya pagado ella)
manejemonos con lo que consta y lo q se dibuja
si se puso sdm es sdm y ella puede no saber q le pagaron de 20, eh incluso sabiendo si estaba en sijp
la normativa establecia q aparecido en esas hojas se los tenian por acreditado sin mas
ok que dira la carss y la justicia
antes esa señora
que visto lo q le dice la normativa q eso se tendra por probado
que haga la moratoria y se jubile
la señora paga su cuota inicia
y ahora le viene a decir q eso que alcanzaba ya no le alcanza
pese a q ella el dia q presento el expte tendria q haberle dicho espere q le firmamos la resolucion cumplio todo esta ya jubilada
 #255802  por marul007
 
alguien q inicio con 980 y 524, que trabajo con la 10/07
que esta en este tema de jubilaciones hace ya un tiempo
se fia de lo q saca anses?! q hacemos si sacan circular y la cambian y dsp otra para un lado y el otro
y nos matamos leyendo para cumplirlas al futuro
pero como cumplir las q tiene efecto retroactivo!!!?
si mañanan repito dicen q si o si certificacio aun qeste en el sijp todo perfecto, q hacen paralizan el expediente
y si no se consigue deniegan?!
pueden hacer lo que quieran total demanda dsp y a los sumo te pagan por q te correspondian pero mas adelante por ahora se quedan con la plata
esto no es solo por el tema de 20, y de ultima q asuman el error y corrijan al futuro
por que la 524 no es de hace mucho....eh
esa dijo metanse con 20 con 55 con lo q sea si sale sdm se las acuerdo
o lo dijo aproposito para q pase eso y cuando necesitaran frenar la canilla sacaban esto otro y paralizaban practicamente todos los expedientes con sdm q hoy deben ser la mayoria
esperemos q alguien como digo con llegada a desiciones lea y con sentido de moral y cordura no permita esto y haga algo para modificar
por q si esperamos a la justicia, q es con la q especula siempre anses por lo lerdo del sistema, gana tiempo mantiene mas la plata y bue si dsp paga de ultimo gano tiempo, alg mueren otros no hacen nada
y los honorarios bien gracias q los pague el cliente si le ganas

en realidad percibo q este tema alerta, pero pense q tendria mas magnitud entre nosotros q hacemos esto
creo q todo el q se dedica a jub tiene sdm sea de 55 o 20, y sera x el fin de semana o q muchos aun desconocen esto
pero estos post deberian estar ardiendo

dsp hago un llamado a colegas q dicen q siempre hicieron pagar 55, como tratando de avivados a los otros q pagaron 20 como q estuviera mal
les explico a la gente se le referia el monto de 55, pero x si no saben eso era mucho dinero q la gente no tenia
y algunos podian solo con 20
entonces como abogados
y frente a una normativa q nos dice q si eso aparece en la hoja del sijp no hace falta mas y se acuerdo
se los trasnmitimos y la gente lo hace, por q no puede a 55!
de hecho fue asi y mucha gente esta cobrando asi q funcionaban asi
ahora los guru de q decian q se corta, les digo que mientras tanto gente se jubilo a 20 y es gente q hoy esta jubilada y con el como abogado, nunca hubieran cobrado 1 solo haber, y nada de y si se los quitan suspenden etc, en el peor de los casos nunca estarian peor q si no lo hubieran presentado y acordado
si es cierto q las en tramite ahora con 20 se complica y si no tiene la plata para integrar pierden lo que puesieron
pero eso se debe a estos engaños x parte de anses
que le dice repitoooooo si aprece en sijp esta listo probado ok joya to genial etc
y dsp le saca esta barbaridad
y si una va y le dice pero sr.anses ud me dijo que pague nomas la 24476 que eso q me aparecia valia si o si....

, esta perfecto q se corte pero no hacia atras q logica si teniamos la 524
q pasaria si hacemos un tramite en un ej registro publico y nos dijeran le sale 100 peso pague y en una semana vuelva
y cuando volvemos nos dice si no pagas 10000 no sale cambio todo y encima no te devuelvo
yo ya pague a la fecha q tenia q pagar lo que erayo al iniciar la jubilacion cumpli con toda la probatoria q exigian
y pago la 24476 x q aunq ese sdm era de 20 en anses y la normativa *** le decia q no importaba q si estaba en su ojita de sijp pague la 24476 tranquila.. y ahora
creo q tenemos q pelearla por ahi a los q no tga para integrar los 35
y todos a la cars y a la justicia con eso con la 980 y 524
y la 980 o aunq este sijp le presentaba certificaciones y telegramas etc
 #255804  por marul007
 
basicamente en el caso de 55 creo q hay q apuntar a decir q se trabajo par JUAN PEREZ y que no tenemos mas datos, que no hizo llegar los tickets, pero no quizo dar sus datos, por lo q desconocemos el domicilio o forma de llegar a el
hay una declaracion de servicios y con aportessssss
 #255860  por marul007
 
yo creo q con decir un nombre de empleador pero q no tiene recibos ni recuerda mas datos (y mas aun si firman 2 como testigos q es verdad lo q dice) ya deberian tenerla x acrditada
no de mas datos para verificar
este caso no es como el de empresas donde queriamos probar q trabajamosss
osea la relacion laboral
era a los efectos de probar q el empleador se comio los aportes
aca es distinto, aca los aportes estan por lo q .......tener por acreditada la relacion laboral... es tirar lo q se usa para casos de no aportes asimilandola aca
pero diferencia fundamental aca estan, y si dice q no acrdito la relacion laboral....y si los aportes estan!!!

no asimilen a lo otro por q sino se mezcla

ellos nos piden casi q agamos como hacemos en caso de empresas q no aportaron y q trabajo
aca reptito hay aportes asi q eso no corresponde!!!!!!! hacen cualquiera
 #256235  por marul007
 
por marul007 el Lun Oct 27, 2008 5:48 pm
Desde ahora y segun lo q nos dice anses
deberiamos hacerles pagar

solo 20 $ x 102 y dsp que paguen 23$ mas por el 575 para los nuevos
no le exigen pruebas ni nada ahi, y aunq le exijan como a los de 55$
se ahorra 12 pesos

que loco al final pareceria q los que pagaron 20$ estan mejor si o si que los que págaron 55$
ya sea por q aunque opinen q deben probar empleador, que tal ni siquiera eso tengan que hacer, y aun pagando la diferencia
igual terminarian pagando 43$!!!!

o alguno opina q ela circular dice que pague 35$ en vez de 23$ q es la diferencia
y aunq fueran 35..terminaria pagando lo mismo 55 sin tener q probar empleador


por ultimo
y solo para quellos q no tienen un peso mas para integrar

que pasa si un empleador ((dador q hoy no tiene nada para q afip lo ejecute))
reconoce q la sr trabajo para el masss de 16hs, ella declara eso y 2 testigos)
es RELACION DE DEPENDENCIA
por loq se la tienen q dar y que vayan contra el dador despues a ver si le cobran lo q aporto de mas
a ellan la tiene q jubilar!
hablo porsupuesto de la que pago 20 $, con eso pasaria a ser relacion de dependencia
para mas aclaracion sobre el tema de 43$

Además, para lograr la PBU deberá integrar previamente la diferencia a $ 35 por cada mes que corresponda al período de servicios que pretenda acreditar en concepto de diferencia de las contribuciones al SIJP a cargo del empleador según lo
“2008 - Año de la Enseñanza de las Ciencias”
ANSES
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
dispone el artículo 6° de la Ley N° 25.239, y las Resoluciones Generales de AFIP N° 2055 y 2431.
Las diferencias son:
• Si pagó $ 20, la contribución es de $ 12 y por lo tanto debe integrar $ 23 por cada mes a computar.
• Si pagó $ 39, la contribución es de $ 24 y por lo tanto debe integrar $ 11 por cada mes a computar.
El ingreso de las diferencias mensuales se efectuará mediante el volante de pago F. 575 (Nuevo Modelo).
 #256401  por nena
 
y si cada uno se toma la molestia de encontrar a un muerto!!!!!!!!!osea un empleador fallecido en la actualiadad!!! q van hacer en anses!! no se la tiro la verdad esto ya desespera
apoto aparece en el sijip y murio!!!( ayer muerio si quieren)!!!!
es muy feo hasta loq ue hay q llegar pero bueno con que cara le explico a misclientas!
 #256448  por nena
 
nena escribió:y si cada uno se toma la molestia de encontrar a un muerto!!!!!!!!!osea un empleador fallecido en la actualiadad!!! q van hacer en anses!! no se la tiro la verdad esto ya desespera
apoto aparece en el sijip y murio!!!( ayer muerio si quieren)!!!!
es muy feo hasta loq ue hay q llegar pero bueno con que cara le explico a misclientas!
 #256971  por Heyjude
 
Me parece buena tu idea, yo lo que haría ( es sólo una idea que se me acaba de ocurrir, por lo que hay que pulirla) es, previo al pago de los períodos de sdm enviar telegramas laborales a varios "empleadores", intimando al pago por el período que corresponda, de ese modo, se puede justificar que un empleador desconocido los haya pagado, porque caso contrario resulta incoherente acompañar los tickets de pago si no se quien los abonó... pero no sé... escucho opiniones
 #257055  por marul007
 
si mandas tlc das un domicilio para q dsp vayan a verificar y vean q no es cierto

poner q tenemos los tickets por q nos lo trajo la empleadora juana perez a nuestra casa
que no nos dio su dni ni cuit q es obviooooo q no lo va a dar y no es obligacion nuestra cazarla del cogote
y en cuanto al dimicilio de la misma no decir nada no lo sabemos trabajamos en muchos lados hace 8 años atras y no tiene x q tener en la memoria eso
si le interesa al estado eso q reforme el 102 q no le piden datos
 #257092  por LorenaM2008
 
marul007 escribió:si mandas tlc das un domicilio para q dsp vayan a verificar y vean q no es cierto

poner q tenemos los tickets por q nos lo trajo la empleadora juana perez a nuestra casa
que no nos dio su dni ni cuit q es obviooooo q no lo va a dar y no es obligacion nuestra cazarla del cogote
y en cuanto al dimicilio de la misma no decir nada no lo sabemos trabajamos en muchos lados hace 8 años atras y no tiene x q tener en la memoria eso
si le interesa al estado eso q reforme el 102 q no le piden datos
Ahora yo digo... con todo este lío... no hay un modo en que una persona que trabajó como doméstica pudiera haber hecho aportes voluntarios?, no existe esa posibilidad? no hay un modo para que se completen los años de SDM con pagos voluntarios y nos dejaríamos de joder con el tema de la razón social no registrada, o los empleadores con nombre y apellido, y el cuit y bla bla bla... qué tanta vuelta si en definitiva los años que se integran por SICAM como autónomo/monotributista en el rubro 307 no especifica nada... fui costurera, me acojo a la moratoria y que?....bueno, acá lo mismo, fui doméstica, nunca me aportaron, yo no reclamé blanqueo (problema mío) y ahora quiero poner en orden mi situación para jubilarme y pago por SDM voluntariamente. No es factible así? qué se yo... que opinan? no debería ser así de simple?
 #257099  por Lucas010
 
Es mas no se en que parte (es lo que estoy buscando) dice que el aporte del SDM puede ser voluntario. Con eso estaria resuelto el tema del dador de trabajo... SALVO QUE LLAME CRISTINA Y........
 #257730  por Pipi
 
Y hay que ver si los aportes voluntarios de los que hablas se pagaban con el 102 o existia otro formulario... yo recuerdo haberlo leido tambien!