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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #254961  por SIL_27
 
HOLA: Me vino a ver una Sra. a la cual le ingreso un gestor una jub con moratoria en Agosto del 2006, paso por legales y ahora esta en resolucion.
Ella esta pensionada pero a la fecha en que le hicieron la moratoria (agosto 2006) se podia., o aunque tengan la moratoria a esa fecha salen denegadas??
El tema es que no se porque tarda tanto, se puede tomar vista del expte estando en resolucion?
Si esta en resolucion sera que saldra aprobado o sea ya me hubieran notificdo si hay algun error?
Como puedo hacer con esto??
Gracias
 #254982  por ale_7500
 
Esperá a ver que te resuelven y luego, si deniegan tomá vista
 #255047  por SIL_27
 
GRACIAS, ES QUE QUERIA SOLUCIONAR DE ALGUNA FORMA EL TEMA, SE PUEDE PEDIR VISTA AHORA O NO ME CONVIENE?
GRACIAS
 #255183  por AGDA
 
Te la tienen que resolver positivamente, porque basta con que el SICAM se haya formulado y enviado antes de la normativa inconstitucional (entiéndase: Decreto 1451, Res 884) o hasta 45 días hábiles después de la entrada en vigencia de esa resolución. Tu caso, está excepcionado de la aplicación de esa normativa.

Respecto a la vista, revisá la Ley de procedimiento administrativo y en particular el art 38 del decreto reglamentario 1759. Es muy claro. Todo lo que hace la Administración en torno a las vistas va en contra de la normativa. Por ejemplo, no son ellos los que te pueden dar un día y hora para que lo retires, sino que es el interesado/apoderado quien puede exigir se establezca un día y hora particular. Tampoco existe eso de: "solo el día XXX es día de vistas" o también "los expedientes, mientras no estén resueltos, no se pueden ver". Todas mentiras de la Administración. El art 38 es muy claro. No existe ninguna otra normativa al respecto: ni resoluciones, ni circulares, ni nada.

Hasta acá la teoría. En la práctica también hay que considerar los recursos limitados de la ANSES, por lo que, en un punto, hay que comprender a los operadores adminitrativos que, vamos a ser sinceros, si cumplieran con la normativa no podrían hacer otra cosa que controlar el movimiento de exptes, conceder las vistas, controlar que vuelvan de la fotocopiadora, etc. Imaginate, toda la gente, con lo ansiosa que es cuando de sus beneficios se trata, se la pasaría pidiendo vistas. En consecuencia hay que mantener un delicado equilibrio. Cuando sea una cuestión de entidad hay que exigir la aplicación de la normativa rigurosamente. Ahora bien, cuando uno puede esperar o sabe que el asunto no es tan urgente, hay que ser conciliador y amoldarse, un poco también, a los ritmos de la Administración. Es bueno saber la teoría pero una aplicación indiscriminada o inflexible de la misma puede generar más perjuicios que beneficios, ¿o acaso nunca un empleado de ANSES te tomó de punto? Agarrate, porque la vas a parir y aunque al final la ganes, porque te asiste el derecho, lo vas a tener que sufrir. Ergo siempre, demostrar que uno sabe, consensuar y mostrarse comprensivo cuando sabemos que las cosas pueden esperar un poco. Todo te lo digo por experiencia.

En tu caso, esperaría con la tranquilidad que deben concedertelo. Por otro lado, si pedís el expediente seguramente, por el estado en que decís que se encuentra, se demore más aún por ese hecho.

Suerte
 #255244  por cristiancordoba
 
sabias palabras las de AGDA
 #255321  por SIL_27
 
muchas gracias !!!!!!!!!!!!!