Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Pensión Asistencial - Pensión Derivada

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #254980  por MFRA
 
Hola! Es la primera vez que posteo en el foro... entré no hace mucho y la verdad que está bastante bueno...
El tema de referencia se debe a una consulta que me han planteado (y del qué cómo verán no tengo idea, jamás hice algo relacionado con Der. Previsional :cry: ).
La Sra. solicitó hace unos años una pensión no contributiva (todo el trámite que detallo lo realizó por medio de una Asistente Social de su localidad); el trámite fue resuelto en forma negativa (24-07-98).
Luego, interpuso recurso de reconsideración, el que, según nota del Ministerio de Desarrollo Social, fue también reconsiderado desfavorablemente (Marzo-07). La nota dice lo siguiente: "... Analizados los argumentos brindados en el escrito recursivo y la documentación obrante en el expediente de la referencia, corresponde confirmar el acto impugnado atento que no se ha acreditado la modificación de la situación que diera origen a la denegatoria."
El expediente en cuestión se encuentra actualmente en el Área Archivo Externo (fecha de entrada: 30-05-07).
Ahora bien, una colega me dice que presente una nota de desarchivo y posterior vista, etc., etc.- Pero, la cuestión es que al fallecer su esposo, ella tramitó una Pensión Derivada, de la cual hoy es beneficiaria; por lo tanto, tiene sentido desarchivar ese expte.? Interesa conocer el/los motivos de la denegatoria (la Sra. lo/los desconoce por completo)?
Según tengo entendido, ambas pretaciones son INCOMPATIBLES, no? Es decir, que si ya goza de la Pensión Derivada del esposo, a esta altura de las circunstancias, no tiene posibilidad de Pensión Asistencial alguna... Es así o estoy totalmente equivocada? Por favor, si alguien sabe más de estos temas, le agradecería muchísimo.
 #254993  por Elly
 
Hola.. si es así como decís, la pensión asistencial es para el caso de que no perciba ningún beneficio....saludos.
 #255051  por Anakeys
 
Hola, acabo de registrarme. Estoy haciendo un curso de mandatario previsional y estoy queriendo resolver una situación: tengo una hermana discapacitada de 11 años, la cual esta bajo la guarda previsoria de mi abuela materna ya que mi madre falleció en el parto de ella. Mi abuela es pensionada y tiene 72 años. Lo que quiero saber es: cuando ella fallezca, mi hna podrá percibir esa pensión o para q eso suceda mi abuela tiene que tener la guarda definitiva? Por favor si alguien puede asorarme les agradeceria mucho, porque me urge
Gracias Analía
 #255115  por MFRA
 
Elly escribió:Hola.. si es así como decís, la pensión asistencial es para el caso de que no perciba ningún beneficio....saludos.
GRACIAS! Elly :)
Saludos