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  • cliente que quiere jubilarse en españa con aportes de arg

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #247453  por robertoc
 
hola foristas les cuento tengo un cliente en españa que pide a convenios internacionales (cap fed) que le envie la cerrtificacion de servicios de los años trabajados en arg porque le sriven para computar los años falatantes en españan y asi obtner la jubilacion hya el tema es que convenios da muchas vueltas ...........alguno tuvo algun caso similar?
 #247460  por Tita Gasco
 
Roberto:
Yo tengo un caso similar al tuyo.
Todavía no he hecho nada, si algunas averiguaciones.
El reconocimiento lo podés hacer en cualquier UDAI o en Convenios Internacionales. Necesitás llenar dos formularios (por Convenio con España) el Op.2.16 y Op.2.17. que en mi Udai no los conocían. Los conseguí a través de la Biblioteca en la página de Anses, me los enviaron por correo.
Tengo entendido que el trámite dura mucho tiempo. Un forista en una oportunidad comentó que en uno con Chile le demoró tres años.
Mi trámite está parado por el momento.
Te agradeceré me informes los progresos y resultados del tuyo para capitalizar más información para el momento en que me toque hacerlo.
Suerte. Tita
 #247784  por inesla
 
robertoc escribió:hola foristas les cuento tengo un cliente en españa que pide a convenios internacionales (cap fed) que le envie la cerrtificacion de servicios de los años trabajados en arg porque le sriven para computar los años falatantes en españan y asi obtner la jubilacion hya el tema es que convenios da muchas vueltas ...........alguno tuvo algun caso similar?
Siempre el tema convenios demora mucho, pero ojo!!! el haber se determina por prorrata a tempore, buscá artículos de Walter Arrighi y Antonio Salas, que son dos entendidods en la materia. Yo tuve un caso de un italiano, que cobra x Italia 500 euros y tiene 13 años de aportes efectivos en Argentina, pero allá lo jubilaron con 9 años de aportes. Si presentaba lo de Argentina, en la prorrata, económicamente, perdía, ya que tenía más años en Argentina y el porcentaje de haber italiano bajaba, ni quiero imaginar qué pasará ahora con la crisis. Los españoles fijan todos los eneros, con su ley de presupuesto, las normas de ese año calendario para haberes de las "pensiones" cómo ellos las llaman, saludos, espero te sirva.
 #247935  por cristhina
 
Les cuento que me pidieron un Reco ante Anses para ser presentado en Italia y un Reco del IPS para ser presentado en España.
No me quedo claro donde presentar el tramite para un reco que va a ser presentado en Italia, Se puede en cualquier Udai?
Tita: Hay que presentar algo en especial? Yo prepare todo como un reco comun y tengo turno para la semana proxima. Voy a ver de conseguir esos formularios que me decis y me pueden pedir.
Otra pregunta: en el caso de los reco del Instituto de Prevision Social luego tendre que legalizarlos en algun lugar?
Ademas cuanto estiman que se puede cobrar este tramite?
Gracias por sus respuestas.
 #247946  por qnleo
 
Hola, tal vez puedan ayudarme. Se trata de una mujer argentina de 64 años y que ahora reside en España, y según los acuerdos bilaterales tiene derecho a jubilarse en España si suma 15 años totales aportados entre ambos países. En Argentina tiene 10 años entre autónomo y contratada, y en España otros 2. Por tanto le faltan 3 para llegar al mínimo. He leído que se pueden "comprar" años de aportes hasta 1993, ¿es esto correcto? ¿es posible comprar 3 años sueltos o hay que regularizar hasta los 30 años? ¿cómo es el proceso o qué tramites habría que hacer?
He entrado en www.afip.gov.ar con su cuit y clave pero no entiendo los pasos a seguir.
Muchas gracias por su ayuda
 #248327  por Tita Gasco
 
Cirsitna:
Yo aún no hice el trámite sólo averigué.
Entrá a la página del Anses a Convenios Internacionales y allí podrás obtener mayor información.
Cuando tengas la precisa informalo al foro, como verás hay muchos interesados en este tema.
Saludos. Tita
 #248694  por ale_7500
 
Yo tengo un caso con Italia, todo autónomos, él hizo el pedido por allá y ahora CONVENIOS INTERNACIONALES, le pide adjunte documentación. Son bastante especiales, allá, pero hay que prsentar todo en convenios internacionales no en una udai común, no sé como harán la gente de las provincias, supongo que en la udai, pero es sin turno.
Igual mi duda es la sgte: en una liquidación para acreditar años para Italia, se puede aplicar art 3 ley 24476?Respecto del IPS eso nome tocó, supongo que habrá que preguntar al Inst pero te hacen hacer un reco común, lo retirás los adjuntás a Anses, (que es la que tiene el convenio con Italia no el Ips, habría que cotejarlo con el convenio que está en la pag web pero creo que es Anses sólo no las cajas prov) ellos te lo reconocen, por el tema de la recirprocidad y le envían un info a Italia sobre si te podés jubilar por acá (se llama corresponsabilidad algo así) espero haber sido clara!