Colegas:
Les cuento que tengo un cliente que me pregunta que pasa si no cuenta con el certificado del art 80 LCT. ¿podrá jubilarse igual? ¿Le van a reconocer esos años trabajados? lo que si tiene son los recibos firmados por el empleador.
La empresa no existe mas, no quebró ni nada.
Gracias
Les cuento que tengo un cliente que me pregunta que pasa si no cuenta con el certificado del art 80 LCT. ¿podrá jubilarse igual? ¿Le van a reconocer esos años trabajados? lo que si tiene son los recibos firmados por el empleador.
La empresa no existe mas, no quebró ni nada.
Gracias
Caminante no hay camino, se hace camino al andar...
