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  • decreto 493/1995

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #246197  por caro J.
 
Hola chicos les cuento que tengo una jubilacion de un señor que tiene 5 años en relacion de dep y que tiene 4 meses pagos como autonomo desde el 09/1980, pero a la vez en datos para el pago me figura que desde el 01/1955 al 06/1994 tien pago $36.65, de una moratoria decreto 493/1995...alguien sabe que hago con ese periodo? lo cargo en situacion de revista?, lo renuncio? lo ignoro? porque encima es justo el periodo para comprar años por la 24476??gracias..ayudaaaaaa
 #246289  por sandra73
 
SI LO INCLUIS EN LA SITUACION DE REVISTA SE TE DESCUENTA DICHO IMPORTE DE LA DEUDA TOTAL, ASI QUE CONVIENE QUE LO TOMES.
SUERTE
 #246740  por rachelcba
 
Hola Caro: Porqué no especificás cuales son los meses que te figuran con pago de la morat. 493/95 ? Yo tuve un caso similar y tomé todos los pagos de esa moratoria para que la cuota te de más baja. Al margen de ésto, te cuento que mi cliente está jubilado desde el año pasado, y hace unos pocos días me vino a ver por un juicio de ejecución fiscal que le había iniciado la AFIP con orden de remate de la casa, y el motivo era que había quedado adeudando cuatro cuotas de esa famosa moratoria(eran 34 cuotas y pagó 30). La AFIP le inicia un juicio por una deuda de $366 !!!!, que con los intereses y honorarios se le fué como a $2000 y pico. Te cuento ésto para que lo prevengas a tu cliente, LA AFIP NO PERDONA !!!!!. Saludos !!!!