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  • onsulta sobre uso de la ddjj del art 3 ley 24476

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #243997  por PARANA
 
hola amigos foristas
me toca hacer un par de sicam de gente que tiene muchos años de aportes reales como autónomos, los cuales combinados con el beneficio de exceso de edad (art. 19 ley 24241), me quedan unos 3 años por comprar, por lo que si en ellos aplico la ddjj del art. 3° del la ley 24476, la liquidación de la deuda me da $00,00
mi duda es respecto a la ley aplicable, porque si pongo la ley 24476 después no puedo enviar el plan, obviamente, no hay deuda
me gustaría saber si puedo poner la 24241 y usar igual el citado beneficio
gracias por la paciencia, quizas es una pregunta demás tonta, pero bue..........
gracias a todos y grandes abrazos 8) :mrgreen:
 #244206  por NORMA
 
PARANA escribió:hola amigos foristas
me toca hacer un par de sicam de gente que tiene muchos años de aportes reales como autónomos, los cuales combinados con el beneficio de exceso de edad (art. 19 ley 24241), me quedan unos 3 años por comprar, por lo que si en ellos aplico la ddjj del art. 3° del la ley 24476, la liquidación de la deuda me da $00,00
mi duda es respecto a la ley aplicable, porque si pongo la ley 24476 después no puedo enviar el plan, obviamente, no hay deuda
me gustaría saber si puedo poner la 24241 y usar igual el citado beneficio
gracias por la paciencia, quizas es una pregunta demás tonta, pero bue..........
gracias a todos y grandes abrazos 8) :mrgreen:
PARANA:para nada es una pregunta tonta,los que pasamos por una situaciòn asi nos volvimos locos.
Al ser la deuda $ 0,no se envia el plan,sòlo se imprimen los formularios 558/A/B/C.Cuando a mi me toco,los que me asesoraban no se podnian de acuero con respecto a la ley que debia colocar,yo puse 24476,en la UDAI me dijeron que no habia problemas que ellos la recaratulan y le ponen 24241.Te cuento que fue aprobada enseguida.

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 #244267  por Lucasberta
 
Hola.
En mi caso presente el 03/10/2008 una jubilacióm mixta con deuda 0, aplique la 24.241 ya que no compre nada por moratoria, e imprimi los formularios 558A/B/C mas detalles de pagos y de deuda, mas las contancias del SIJP.
 #244427  por ale_7500
 
En tu caso tenés que poner 24476 porque vos misma decís que pedís aplicación art 3, pero, si no lohicieras (ponele que te da cero por prescripción/25321 o porque pagó todo...) podés poner 24241. Igual no hace al derecho pero si usás algún beneficio de la 24476 (hoy sólo usamos el 3, pero están el 1 y el 6) tenés que optar por ella