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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #242018  por paulac444
 
Hola a todos estoy confundidísima nunca hice directas,
hombre 71 años fd 20/05/05
autonomo de 01/1955-12/1968
01/1969-06/1980
07/1980-12/1986
01/1987-12/1994
01/1995-08/1998
09/1998-10/1998 y monotributista previsional- 11/1998 al 09/2005
PERO sólo tiene pagos desde 01/1995 hasta 09/2005
como completo los años que le faltan por moratoria? prescribo los que no están pagos.....y cuales compro en la misma o distinta actividad comercial 255-494 era joyero.
PERDÓN POR TANTAS PREGUNTAS, a algún alma caritativa.....que me oriente
Gracias!!!!
 #242082  por Fortin
 
Compras desde 01/1955 hasta completar los 30 años requeridos por medio de la moratoria.
Considerá q si al momento del fallecimiento tenia 71 años, => tiene 6 años excedentes, los cuales equivalen a 3 años de aportes.
Al tener cese en 2005 podes tomar 2 años de DDJJ.
Recomiendo comprar:
01/1995 - 09/2005 (sólo los períodos pagos), al resto aplicas Art. 1 25321.
01/1955 hasta cubrir el resto de años necesarios.
Podés cambiar el código, utilizá 981, al menos en mi pcia. (Santa Fe) se lo admite.
Al resto de la situación de revista, le aplicas el Art. 1 25321.
Espero haber sido algo claro...
Suerte!!!
 #242097  por ALEJANDRA VALLADARES
 
Hola. no se a que pertenece el codigo 981, pero obviamente si vas a comprar periodos viejos hacelo por una categoria barata, como jardinero, albañil...fijate en la lista que están....
Lo demás ya te lo aclaro perfecto Fortín...
suerte. alejandra
 #242398  por paulac444
 
Mil gracias por la ayuda, :P y cuando entro en sicam solicito como ley aplicable pensiòn no!!y tengo que completar la fecha de defunciòn??
 #242437  por Fortin
 
Debes solicitar "Pensión" en Prestación Solicitada.
Ley aplicable: 24.476
Efectivamente; debes rellanar el campo Datos personales, "Fecha de Defunción".
Suerte!!!
 #242758  por ALEJANDRA VALLADARES
 
yo creo que entras directo si ya tenes la clave fiscal sacada por el fallecido. pero si la tiene que sacar la viuda hay que hacer una relación de clave fiscal o algo así, porque aquí en el foro vi eso. Aunque en mi caso, yo tengo la clave sacada por el fallecido y entro directamente poniendo pensión y listo. fijate ese tema
alejandra