Hola gente, no se si ya trataron este tema, si a alguien de Uds. les pasó/pasa y lo pudieron resolver, les cuento, estoy complicadísima con un tramite jubilatorio cuyo a SICAM confeccione en Febrero de 2007.
Mi cliente estaba en Met AFJP cuando tenía el turno en la AFJP para iniciarlo, me dicen que debo iniciarlo por ANSES ya que tiene menos de $20000.00 en la cuenta.
Con fecha 16/04/2007 solicito turno en ANSES y el 14/05/2007 suscribimos en ANSES la SPP a efectos de iniciar el trámite jubilatorio.
El 07/09/2007 el expediente es recepcionado por Met.
El 13/12/2007 se inactivó la cuenta del afiliado en Met y fue traspasado el saldo de la cuenta al régimen previsional público, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 3º de la ley 26222.
El 21/12/2007 Met envía nota a la gerencia de prestaciones activas de ANSES reclamando la devolución de los fondos incorrectamente traspasados ya que si bien solicitó turno dentro del período de opción, la fecha de adquisición del derecho se remite a la fecha de Liquidación SICAM(17/02/2007). Dispuesto lo anterior en el articulo 4º de la Instrucción Nº 4/07.
El 01/01/2008 Met realiza la solicitud del CUIL y saldo a la ANSES, al día de la fecha no ha sido efectuada por parte de ANSES la restitución de los mismos por lo cual dicho trámite no lo pueden resolver, se trata de $400.00 para colmo.He presentado reclamo ante la AFJP, y me dicen que ellos a su vez reclaman a ANSES, y nada aún….Alguno de Uds. pasó por esto, tienen idea de cómo puedo resolverlo, que puerta golpear?????
Desde ya mil gracias por la ayuda de siempre….
Graciela
Mi cliente estaba en Met AFJP cuando tenía el turno en la AFJP para iniciarlo, me dicen que debo iniciarlo por ANSES ya que tiene menos de $20000.00 en la cuenta.
Con fecha 16/04/2007 solicito turno en ANSES y el 14/05/2007 suscribimos en ANSES la SPP a efectos de iniciar el trámite jubilatorio.
El 07/09/2007 el expediente es recepcionado por Met.
El 13/12/2007 se inactivó la cuenta del afiliado en Met y fue traspasado el saldo de la cuenta al régimen previsional público, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 3º de la ley 26222.
El 21/12/2007 Met envía nota a la gerencia de prestaciones activas de ANSES reclamando la devolución de los fondos incorrectamente traspasados ya que si bien solicitó turno dentro del período de opción, la fecha de adquisición del derecho se remite a la fecha de Liquidación SICAM(17/02/2007). Dispuesto lo anterior en el articulo 4º de la Instrucción Nº 4/07.
El 01/01/2008 Met realiza la solicitud del CUIL y saldo a la ANSES, al día de la fecha no ha sido efectuada por parte de ANSES la restitución de los mismos por lo cual dicho trámite no lo pueden resolver, se trata de $400.00 para colmo.He presentado reclamo ante la AFJP, y me dicen que ellos a su vez reclaman a ANSES, y nada aún….Alguno de Uds. pasó por esto, tienen idea de cómo puedo resolverlo, que puerta golpear?????
Desde ya mil gracias por la ayuda de siempre….
Graciela
