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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #241693  por drolivera
 
hola tengo una cliente que queria probar su relacion, le hice una informacion sumaria que fue aprobada y la sentencia quedo firme. Ahora mi cliente volvio por que me dice que la llevo a la sentencia ante ANSES y le dijeron que ahi es donde lo debe probar. Que hago? gracias .
 #241788  por rgdiaz
 
De acuerdo con el Art. 53 de la Ley 24241 y su reglamentacion, la convivencia por informacion sumaria judicial debe ser realizada con la participacion del Anses, terceros interesados o en su caso la AFJP, segun el sistema en que estaba jubilado el titular. Ademas la relacion de convivencia se puede probar con otra prueba documental o solicitar la inspeccion ambiental del ANSES.-