Hola, a todos!!! Se que se trato el tema, pero no me queda claro y con la nueva probatoria quiero saber si, yo tengo una clienta que debe tramitar su jubilación mixta, y en cuanto a RELACION DE DEPENDENCIA tiene recibos de sueldo y no certificación, de los año 96 a 99, la empresa no existe:
1) En el telegrama debo poner plazo o son 10 días que tiene que responder la empresa, caso negativo con el telegrama y acuse es suficiente para presentarme en el turno?
2) No se hace reconocimiento no? ya que eso demora mucho, con la resolución 980 es suficiente.-
3) Tienen alguna recomendación.-
Espero puedan ayudarme.
Muchas gracias.-
Saludos.-
1) En el telegrama debo poner plazo o son 10 días que tiene que responder la empresa, caso negativo con el telegrama y acuse es suficiente para presentarme en el turno?
2) No se hace reconocimiento no? ya que eso demora mucho, con la resolución 980 es suficiente.-
3) Tienen alguna recomendación.-
Espero puedan ayudarme.
Muchas gracias.-
Saludos.-
