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  • HONORARIOS DE UNA SUCESIÓN

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 #238039  por patriciaefay36
 
Hola. Me han regulado honorarios en una sucesión de capital federal y por circunstancias personales de los herederos se niegan al pago en termino, ya sea con deposito o un acuerdo. La sucesión la he iniciado yo, como letrada patrocinante del apoderado de una de las herederas (le correspondía el 50% de todo el acervo hereditario), para mi desgracia la heredera falleció. Lo herederos de ella y los restantes herederos, nunca se pusieron de acuerdo ni para vender por tracto, ni para inscribir en forma directa, por lo tanto me vi obligada a renunciar, y para colmo de males uno de los bienes fue usurpado y sigue ocupado. Por ello me regularon honorarios y estos estan confirmados por Camara.
Puedo ejecutar mis honorarios tambien en contra del apoderado? En el Juzgado siempre me pidieron que notificara la regulación, ademas de a los herederos vivos, tambien al apoderado de la heredera que falleció, por eso va mi pregunta, el poder que le fuera otorgado, me autoriza a intimarlo tambien al pago de mis honorarios?
Otra pregunta, puedo solicitar la ejecución e ir solamente por los bienes de esta sucesión o puedo ejecutar los bienes personales?
Agradecería cualquier información que me puedan brindar.
Saludos a todos
 #240132  por mauro25
 
Si notificaste los honorarios, pasaron los 10 dias no te los pagaron, los podes ejecutar. Eso sí vas a tener que realizar un juicio por ejecución de honorarios, para lo cual entre otras cosas, vas a tener que embargar los bienes de la sucesión y vas a tener que ir contra todos los herederos.
 #240416  por patriciaefay36
 
ok. La Camara notifico y yo tambien notifiqué cuando volvio al Juzgado, los plazos ya estan vencidos y no hay pago ni acuerdo. Tengo que ejecutar.
Puedo ir por los bienes personales de los herederos? o solo los de la sucesión? pregunto esto ya que creo que sería un buen argumento para enviar una carta documento a todos e intimarlos nuevamente al pago, caso contrario iniciare acciones legales, pedido de embargo y embargo de haberes.
La segunda pregunta: Mi cliente (la heredera del 50% del acervo) dio poder en vida a un nieto para que administrara esta sucesión; yo actuaba como letrada patrocinante del apoderado, ella falleció. Yo tenía entendido que los poderes finalizan con la muerte del mandatario, pero el Juzgado lo cito al apoderado a audiencia de partición (una vez que yo ya renuncie) y me pidio que notificara la regulación de honorarios y la confirmación de Camara. Puedo ejecutar contra el apoderado tambien?
 #240511  por LUHER
 
Patriciaefay36:
Me parece, que no habria impedimento para que ataques el patrimonio, de aquel que contrato tus servicios profesionales. Yo iniciaria la ejecucion de los mismos. Suerte Luher mdq.
 #247581  por patriciaefay36
 
Gracias!!!!!! Te cuento que quien contrató mis servicios, lo hizo también para la sucesión del padre, en esta sucesión, me citaron porque vende su parte ideal.
Podré pedir tambien en la otra sucesión que traben embargo, con notificación al escribano sobre esa parte ideal? De esta situación me enteré hoy, por lo tanto tengo que apurarme, hable con el prosecretario, y este me dijo que lo manifieste, pero no me adelantó nada.
Muchas Gracias nuevamente.
Patricia
 #247585  por abogado_1987
 
patriciaefay36, a " ... que traben embargo, con notificación al escribano sobre esa parte ideal? ... " > en un caso parecido se libró oficio al escribano, el notario retiene al momento de la escritura y lo entregó bajo recibo al letrado embargante ...
 #247598  por patriciaefay36
 
entonces puedo pedir en el Juzgado donde tengo los honorios regulados una medida cautelar urgente, para que cuando se escriture me entreguen ese dinero? Mil disculpas, tendras algun modelo?. Perdon no quiero parecer pesada, pero me urge interponer esta medida, no quiero que se pasen de vivos.
Muchas gracias Patricia :!:
 #247612  por abogado_1987
 
patriciaefay36 escribió:entonces puedo pedir en el Juzgado donde tengo los honorios regulados una medida cautelar urgente, para que cuando se escriture me entreguen ese dinero? Mil disculpas, tendras algun modelo?. Perdon no quiero parecer pesada, pero me urge interponer esta medida, no quiero que se pasen de vivos.
Muchas gracias Patricia :!:
patriciaefay36, la respuesta es si ... si encuentro el escrito y oficio que usé lo posteo ..
 #247625  por abogado_1987
 
patriciaefay36, posteo el oficio, fue un acuerdo conciliatorio ...

O F I C I O
Capital Federal, de Febrero de 2008
Al Sr. Escribano M....., a cargo del Registro Notarial Nº 000, de Capital Federal.
S______/______D
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: “A ” exp 2/2008 que tramitan por ante este Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N 0, Secretaría Nº única, a mi cargo, con sede en ......, Capital Federal, a efectos de que retenga la suma de $ 0 (pesos ) del precio de venta del inmueble sito en Avenida Las Heras de Capital Federal, nomenclatura catastral: circunscripcion 00, sección 00, manzana 00, parcela 29 a, -inmueble que integra el acervo sucesorio de N - correspondiente al 12,5% (1/8) perteneneciente a la sucesora M, y la entrega de la mencionada suma de dinero en el acto escriturario a abogado_1987 en concepto de honorarios. El acto escriturarario de venta será notificado aabogado_1987 mediante medio fechaciente con una antelación no menor a las 48 horas de la celebración del mismo.
El auto que ordena la medida dice en su parte pertinente: “Buenos Aires, Febrero de 2008 ... A los puntos IV y V: Librense los oficios solicitados. Fdo. Carlos . Juez.”
abogado_1987 , se encuentra facultado para intervenir en el diligenciamiento del presente oficio.
Sin otro particular saludo a Ud. muy atte.
 #249983  por Doncella_de_Orleans
 
Ejecutar al apoderado???????????????? :shock:
 #249998  por abogado_1987
 
Doncella_de_Orleans escribió:Ejecutar al apoderado???????????????? :shock:
Doncella_de_Orleans, interpreto que patriciaefay36 entendió que no es posible ejecutar al apoderado ...
 #250373  por patriciaefay36
 
Por favor, espero no estar confundida... Yo fue letrada patrocinante del apoderado de una coheredera que también falleción en el proceso sucesorio de su madre, Entiendo que mi cliente era el apoderado, y por eso esta semana inicie ejecución de honorarios, contra el y contra TODOS los herederos. Acaso no existe responsabilidad contractual con quien fue mi cliente? o es una desubicación?
 #250402  por Doncella_de_Orleans
 
patriciaefay36 escribió:Por favor, espero no estar confundida... Yo fue letrada patrocinante del apoderado de una coheredera que también falleción en el proceso sucesorio de su madre, Entiendo que mi cliente era el apoderado, y por eso esta semana inicie ejecución de honorarios, contra el y contra TODOS los herederos. Acaso no existe responsabilidad contractual con quien fue mi cliente? o es una desubicación?
Patricia, el apoderado interviene en nombre y representación de la heredera (ahora fallecida) pero no ocupa su lugar en sentido estricto; la heredera era ella, ella recibía los bienes y las cargas que hubiera. Si estuviera viva ella respondería (y en su caso con los coherederos) por tus honorarios...Por qué poner en su lugar al apoderado cuya intervención es al solo efecto de su representación?
 #250581  por patriciaefay36
 
Hola, era lo que exactamente pensaba... hasta que me encontre con que el Juzgado me obligo a notificar mis honorarios al apoderado, comence a indagar con otros colegas, y me pusieron en la duda, por eso para asegurarme más, entre a este sitio y expuse mis dudas. y aún sigo con la duda, porque de las respuestas surgen si y no y no llego a ninguna conclusion razonable. sera que tambien hay criterios divididos?
 #250638  por abogado1987
 
patriciaefay36 escribió:Hola, era lo que exactamente pensaba... hasta que me encontre con que el Juzgado me obligo a notificar mis honorarios al apoderado, comence a indagar con otros colegas, y me pusieron en la duda, por eso para asegurarme más, entre a este sitio y expuse mis dudas. y aún sigo con la duda, porque de las respuestas surgen si y no y no llego a ninguna conclusion razonable. sera que tambien hay criterios divididos?
patriciaefay36, el Juzgado te ordenó notificar tus honorarios al apoderado pues " ... el apoderado asume todas las responsabilidades que las leyes le imponen y sus actos obligan al poderdante como si él personalmente los practicare ...", pero no se confunden sus patrimonios ...
(art. 49 CPCC)